13/02/03
13/02/03 – SE AUTORIZA SUSCRIPCIÓN DE
CONVENIO ENTRE O.S.E. Y COMISIÓN DE VECINOS DEL BARRIO LAS FLORES DE
TACUAREMBÓ
VISTO: el Proyecto de Convenio a que hace referencia la Resolución de la
Administración de las Obras Sanitarias del Estado No.264/02 de fecha 13
de marzo de 2002, a suscribirse entre la citada Administración y la
Comisión de Vecinos del Barrio "Las Flores" del departamento de
Tacuarembó;
RESULTANDO: I)
que las partes intervinientes celebran el convenio de referencia, con el
objeto de ampliar la red de agua potable del citado Barrio;
II)
que para la ejecución de las obras, la Administración de las Obras
Sanitarias del Estado aportará el proyecto de obras así como la
dirección técnica, la supervisión de la obra y el suministro de los
materiales necesarios para la ejecución de las mismas, lo que totaliza
una suma de UR 291,98 (Unidades Reajustables doscientas noventa y una con
noventa y ocho centésimas), mientras que la parte correspondiente a la
Comisión de Vecinos del Barrio "Las Flores" será abonada por
los vecinos a razón de $ 160 cada uno, los que podrán ser financiados
hasta en 36 cuotas, iguales, mensuales y consecutivas;
III)
que de conformidad con las cláusulas Tercera y Cuarta del Convenio de
referencia, el mismo no incluye el costo de las conexiones domiciliarias,
las que deberán ser gestionadas y abonadas por los usuarios de acuerdo a
las reglamentaciones del organismo que rigen en la materia, así como que
las instalaciones objeto de ese convenio pasarán a ser propiedad del
citado organismo;
CONSIDERANDO: I)
que de acuerdo a lo establecido en el literal c) del artículo 2° de la
ley 11.907 (Ley Orgánica de la Administración de las Obras Sanitarias
del Estado) el convenio debe contar con la aprobación del Poder
Ejecutivo;
II)
que de conformidad con lo informado por la Asesoría Técnica -Área
Jurídica de esta Secretaría de Estado, no se encuentran elementos desde
el punto de vista jurídico, que obsten a la suscripción del presente
convenio;
ATENTO:
a lo dispuesto en el literal c) del artículo 2 de la Ley 11.907 de 19 de
diciembre de 1952;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
RESUELVE:
1°.-
Autorízase a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a
suscribir el convenio a que refiere la Resolución de Directorio No.
264/02 de fecha 13 de marzo de 2002, con la Comisión de Vecinos del
Barrio "Las Flores" del departamento de Tacuarembó. –
2°.-
Vuelva a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a los
efectos correspondientes.-
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