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       14/02/03 
      14/02/03
      – INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA LA INTENDENCIA DE TREINTA Y TRES
      
       
      VISTO:
      la
      gestión promovida por la Intendencia Municipal de Treinta y Tres en la
      que solicita exoneración de recargos y demás gravámenes que pudieran
      corresponder para la importación de equipos 
      para la circulación de agua.- 
      
       
      RESULTANDO:
      que
      los referidos equipos se utilizarán en obras que se encuentra realizando
      la Intendencia Municipal gestionante.- 
      
       
      CONSIDERANDO:
      que
      el articulo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, declara
      que el Estado, los Organismos comprendidos en el articulo 220° de la
      Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan de
      inmunidad impositiva tanto nacional como departamental, por los bienes y
      actividades no comerciales ni industriales.- 
      
       
      ATENTO:
      a
      lo informado por la Asesoría Jurídica y la División Técnico Fiscal del
      Ministerio de Economía y Finanzas.- 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
      RESUELVE:
      
       
      1°)
      Declárase
      que los equipos de circulación de agua que se detallan a continuación, a
      importar por la Intendencia Municipal de Treinta y Tres, por un valor
      total de U$S 18.696,00 (dieciocho mil seiscientos noventa y seis dólares
      de los Estados Unidos de América), se encuentran incluidos en el régimen
      de inmunidad impositiva referido en el artículo 463° de la Ley N°
      16.226, de 29 de octubre de 1991, correspondiendo la exoneración de la
      Tasa Global Arancelaria, del Impuesto de Contribución al Financiamiento
      de la Seguridad Social, del Impuesto al Valor Agregado, de las Tasas
      Consulares, de la Comisión Sobre Importaciones y de la Tasa de Servicios
      Extraordinarios: uno WN75, cincuenta y cuatro JS250; quince JS312; cuatro
      JA150; uno JC600; seis JC300; ocho JC200; cuarenta SL75 12 volt; cuatro
      SL300 12 volt; seis Toberas JC200 y seis luminarias SL75 .- 
      
       
      2°)
      Comuníquese
      y archívese.-
       
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