21/02/03
20/02/03 – MODIFÍCASE
LA RESOLUCIÓN DE 28 DE AGOSTO DE 2002 SOBRE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE
CANELONES
VISTO: estos
antecedentes por los cuales la Intendencia Municipal de Canelones solicita
modificación de la Resolución del Poder Ejecutivo, de 28 de agosto de
2002.-
RESULTANDO: I)
que por el citado acto administrativo se declaró a la referida Comuna,
que se encontraba incluida en el régimen de inmunidad impositiva referida
en el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991 para
la importación de diecisiete camionetas marca Toyota, modelo Hilux Doble
Cabina DX Standard, doce camionetas marca Toyota, modelo Hilux Pick Up
Standard, una camioneta marca Toyota, modelo Hilux Doble Cabina DX
tracción 4x4 full y un automóvil marca Toyota, modelo Corolla XL STD,
por un valor CIF/Montevideo U$S 360.400,00 (trescientos sesenta mil
cuatrocientos dólares de los Estados Unidos de América) .-
II) que con fecha 23 de setiembre de 2002,
se presenta la Intendencia solicitando la modificación del referido acto,
en lo que concierte a las cantidades y características de los vehículos,
ante la nueva propuesta planteada por la empresa Ayax S.A. firma con la
cual se realizará la permuta de vehículos usados por vehículos cero
kilómetro, agregando nueva factura proforma.-
CONSIDERANDO: I)
que el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991,
declara que el Estado, los Organismos comprendidos en el artículo 220°
de la Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan
de inmunidad impositiva tanto nacional como departamental, por los bienes
y actividades no comerciales ni industriales.-
II) lo expresado y no existiendo impedimento
legal, puede accederse a la modificación solicitada, debiéndose tener
presente lo dispuesto en el artículo 22° de la Ley N° 17.453, de 28 de
febrero de 2002, reglamentado por el Decreto N° 407/002, de 23 de octubre
de 2002.-
ATENTO: a lo
informado por la División Técnico Fiscal del Ministerio de Economía y
Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Modifícase la
Resolución del Poder Ejecutivo de 28 de agosto de 2002, por la que se
declaró que los vehículos a importar por la Intendencia Municipal de
Canelones, se encuentran incluidos en el régimen de inmunidad impositiva
referido en el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de
1991, en el sentido que corresponde al siguiente detalle: doce camionetas
marca Toyota, modelo Hilux Pick-up, cabina simple, motor diesel de 2.982
c.c. de cilindrada, nueve camionetas marca Toyota, modelo Hilux Pick-up,
doble cabina motor diesel de 2.982 c.c. de cilindrada, cinco camionetas
marca Toyota, modelo Hilux Pick-up, doble cabina, tracción 4x4, motor
diesel de 2.982 c.c. de cilindrada, dos camionetas marca Susuki, modelo
Carry, furgón, equipadas con motor nafta de 1.300 c.c. de cilindrada y
dos automóviles marca Suzuki, modelo Alto, 4 puertas, motor nafta de
1.000 c.c. de cilindrada, por un valor total CIF/Montevideo, de U$S
278.800,00 (doscientos setenta y ocho mil ochocientos dólares de los
Estados Unidos de América) 2°) La importación que se autoriza por la
presente Resolución se encuentra exonerada de los siguientes tributos:
Tasa Global Arancelaria, Impuesto Específico Interno, Impuesto al Valor
Agregado, Tasas Consulares, Comisión sobre Importaciones, Tasa de
Servicios Extraordinarios e Impuesto de Contribución al Financiamiento de
la Seguridad Social.-
3°) La enajenación de los vehículos que
se entregan por parte de la referida Comuna está gravada de conformidad a
lo dispuesto por el artículo 22° de la Ley N° 17.453, de 28 de febrero
de 2002, reglamentada por el Decreto N° 407/002, de 23 de octubre de
2002.-
4°) En caso de enajenación de los
vehículos objetos de la presente importación, será de aplicación lo
dispuesto en las normas referidas en el numeral precedente.-
5°) Comuníquese y archívese.-
|