25/02/03
21/02/03
– SE DESIGNA PLENIPOTENCIARIO PARA LA RATIFICACIÓN DEL QUINTO PROTOCOLO
ANEXO AL ACUERDO GENERAL SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS
VISTO:
el
Quinto Protocolo Anexo al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios,
hecho en Ginebra, el 27 de febrero de 1998 y suscrito por la República
Oriental del Uruguay el 21 de julio de 1998, y la Declaración
Interpretativa formulada por la República Oriental del Uruguay;
RESULTANDO:
que
dicho Protocolo y su Declaración Interpretativa fueron aprobados por el
Poder Legislativo el día 30 de diciembre de 2002 y la Ley correspondiente
N° 17.618 fue promulgada por el Poder Ejecutivo el día 10 de enero de
2003;
CONSIDERANDO:
que
es menester designar Plenipotenciario para proceder en nombre del Gobierno
de la República Oriental del Uruguay, a la ratificación del referido
Protocolo con su Declaración Interpretativa;
ATENTO:
a
la facultad que le otorga el Artículo 168 de la Constitución de 1a
República en su numeral 20;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Desígnase
Plenipotenciario al señor Representante Permanente de la República ante
los Organismos Especializados con sede en Ginebra, Embajador Licenciado
Carlos Pérez del Castillo, para depositar en nombre del Gobierno de la
República Oriental del Uruguay el Instrumento de Ratificación, del
Quinto Protocolo Anexo al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios,
hecho en Ginebra, el 27 de febrero de 1998 y suscrito por la República
Oriental del Uruguay el día 21 de julio de 1998 y la Declaración
Interpretativa formulada por la República Oriental del Uruguay.
2°.-
Extiéndase
la correspondiente Plenipotencia de Estilo.
3°.-
Comuníquese,
etc
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