25/02/03

21/02/03 – SE DESIGNA PLENIPOTENCIARIO PARA LA RATIFICACIÓN DEL QUINTO PROTOCOLO ANEXO AL ACUERDO GENERAL SOBRE EL COMERCIO DE SERVICIOS

VISTO: el Quinto Protocolo Anexo al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, hecho en Ginebra, el 27 de febrero de 1998 y suscrito por la República Oriental del Uruguay el 21 de julio de 1998, y la Declaración Interpretativa formulada por la República Oriental del Uruguay;

RESULTANDO: que dicho Protocolo y su Declaración Interpretativa fueron aprobados por el Poder Legislativo el día 30 de diciembre de 2002 y la Ley correspondiente N° 17.618 fue promulgada por el Poder Ejecutivo el día 10 de enero de 2003;

CONSIDERANDO: que es menester designar Plenipotenciario para proceder en nombre del Gobierno de la República Oriental del Uruguay, a la ratificación del referido Protocolo con su Declaración Interpretativa;

ATENTO: a la facultad que le otorga el Artículo 168 de la Constitución de 1a República en su numeral 20;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Desígnase Plenipotenciario al señor Representante Permanente de la República ante los Organismos Especializados con sede en Ginebra, Embajador Licenciado Carlos Pérez del Castillo, para depositar en nombre del Gobierno de la República Oriental del Uruguay el Instrumento de Ratificación, del Quinto Protocolo Anexo al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, hecho en Ginebra, el 27 de febrero de 1998 y suscrito por la República Oriental del Uruguay el día 21 de julio de 1998 y la Declaración Interpretativa formulada por la República Oriental del Uruguay.

2°.- Extiéndase la correspondiente Plenipotencia de Estilo.

3°.- Comuníquese, etc