26/02/03
26/02/03
– SE DECLARA CADUCIDAD DE TÍTULO MINERO “PERMISO DE PROSPECCIÓN”
OTORGADO A ANCAP
VISTO:
las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de
Minería y Geología, tendientes a declarar la caducidad del título
minero PERMISO DE PROSPECCIÓN concedido a A.N.C.A.P. por resolución de
11 de noviembre
de 1997, en busca de calizas, en la 7ª Sección Judicial del Departamento
de Lavalleja;
RESULTANDO:
I) que
el plazo de vigencia de dicho título se estableció en 12 meses
y se notificó el 24 de noviembre de 1997;
II)
que por resolución de 2 de marzo de 1998 se modificó el plazo de
vigencia de dicho Permiso de 12 a 24 meses;
III)
que por resolución de 23 de mayo de 2000 se concedió a A.N.C.A.P. la
prórroga del título por un plazo de 12 meses contados a partir del 25 de
noviembre de 1999 sobre una superficie de 527 hás. 5905 m2
afectando
los padrones 2528, 7080 (p), 2609, 15140 (p), 7087 (p) 13069 (p) y 12653
(p) de la actual 7ª Sección Catastral del Departamento de Lavalleja y se
declaró libre de interferencia 773 hás. 9606 m2
afectando los padrones 7080 (p), 15140 (p), 7087 (p), 13069 (p) y 12653
(p) de la misma Sección Catastral y Departamento; CONSIDERANDO:
que habiéndose configurado la causal de vencimiento del plazo de validez
del título minero prevista en el Art. 21, ordinal I), literal a), del
Código de Minería, corresponde declarar su caducidad;
ATENTO:
a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo
dictaminado
por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería;
EL
PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.-
Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE
PROSPECCIÓN otorgado a A.N.C.A.P., por resolución de 11 de noviembre de
1997 y su modificativa de 2 de marzo de 1998 y prorrogado por resolución
de 23 de mayo de 2000, en busca de calizas, sobre una superficie de 527
hás. 5905 m2,
afectando los padrones 2528, 7080 (p), 2609, 15140 (p), 7087 (p) 13069 (p)
y 12653 (p) de la actual 7ª Sección Catastral del Departamento de
Lavalleja.
2º.-
Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología a sus efectos.
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