26/02/03

26/02/03 – SE ADJUDICA LICITACIÓN PÚBLICA N° 11/02 –INSISTIENDO EN EL GASTO-  A LA EMPRESA CONSORCIO VIAL DEL NORTE I

VISTO: la Licitación Pública N° 11/02 formulada por la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para los trabajos denominados "Mantenimiento Rutinario en base a estándares o niveles de servicio, y tareas de recuperación de pavimento, de los tramos de rutas afectadas a la Regional 4 y 6 de la Dirección Nacional de Vialidad" 

RESULTANDO: I) Que a dicha convocatoria, verificada el 25 de setiembre de 2002, presentaron propuestas los siguientes oferentes: N° 1.- SENDA S.R.L.; N° 2.- CONVAL S.R.L.; N° 3.- ARNEL S.R.L.; N° 4.- CONSORCIO VIAL DEL NORTE I; y N° 5.- SERVIAM S.A., los que se ajustaron a los extremos formales exigidos por las bases respectivas, según Acta obrante a fs.63 y fs.63 vuelta de estos autos.

II) Que la Comisión Asesora de Adjudicaciones respectiva procedió al estudio de las ofertas y cuadro comparativo de costos -que adjunta-, indicando que efectuada la evaluación de las propuestas, aconseja la adjudicación de los trabajos a CONSORCIO VIAL DEL NORTE I por resultar la de menor precio, conveniente a los intereses de la Administración, y a las necesidades del servicio, al tiempo que se ajusta sustancialmente a las estipulaciones contenidas en los recaudos correspondientes.

III) Que en consecuencia, correspondería disponer de una partida para Contrato por la suma de $ 21:689.348,40, la que incrementada con las destinadas a atender el COFIS (3% del 70%), IVA (23%) y Leyes Sociales, asciende a la suma total de $ 31:257.194,01, cuya inversión más los Mayores Costos resultantes, corresponde autorizar como así la eventual utilización de una partida de Imprevistos (10%) calculada en la suma de $3:125.719,40.

IV) Que se procedió a poner de manifiesto el expediente dando vista a los oferentes en cumplimiento de lo preceptuado por el articulo 58 del "T.O.C.A.F. 1996" aprobado por el Decreto N°194/997 de lO de junio de 1997, sin que presentaran descargos u observaciones a lo actuado.

V) Que el Departamento Contaduría de la Dirección Nacional de Vialidad informó los créditos con que se atenderán dichos trabajos, adjuntando las constancias respectivas y al intervenir el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central Carpeta N°197.600) éste observó el gasto al entender que no se cumplió con la antelación requerida por los artículos 47 y 134 del "T.O.C.A.F. 1996", en relación a la publicación efectuada en el diario “Batoví” de Tacuarembó.

CONSIDERANDO: I) Que la Dirección Nacional de Vialidad, por nuevo informe, señala que el extremo observado por el Tribunal de Cuentas de la República, se debió a las siguientes razones: la orden de publicación efectuada por el Departamento de Difusión y Comunicación del Ministerio de Transporte y Obras Públicas fue enviada el día 27 de agosto de 2002 al diario "Batoví" de Tacuarembó así como al diario "El Telégrafo" de Paysandú, según hace constar en fotocopias que adjunta.

II) Que, el periódico " El Telégrafo" de Paysandú, al ser una publicación diaria, publicó el llamado el día 29 de agosto de 2002, no así el diario “Batoví” de Tacuarembó ya que el mismo es una publicación semanal, por lo que justificaría su no publicación en forma inmediata y dentro de los plazos previstos.

III) Que, teniendo en cuenta que el procedimiento licitatorio se ha ajustado sustancialmente a la normativa y recaudos que lo gobiernan, y, salvo el retraso involuntario de una publicación de la misma que como se informó, tuvo por origen el desfasaje entre las fechas de envío de la orden de publicación, y la publicación en sí, correspondería se insistiera en el gasto.

ATENTO: a lo preceptuado por el artículo 211, literal B) de la Constitución de la República, lo establecido por el "T.O.C.A.F. 1996" aprobado por el Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997, y lo. dispuesto por los Decretos N°s. 90/000 y 295/000 de 3 de marzo y 11 de octubre de 2000.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R ES U E L V E:

1°.- Adjudícase -insistiendo en el gasto- a la empresa CONSORCIO VIAL DEL NORTE I, en la suma de $ 21:689.348,40 para Contrato (excluidos el IVA, el COFIS y las Leyes Sociales), los trabajos denominados: "Mantenimiento Rutinario en base a estándares o niveles de servicio, y tareas de recuperación de pavimento, de los tramos de rutas afectadas a la Regional 4 y 6 de la Dirección Nacional de  Vialidad", según el resultando de la licitación Pública N°11/02 convocada por la referida Dirección Nacional y conforme al Pliego de Condiciones Particulares, Comunicados aclaratorios y la oferta presentada por la empresa.

2°.- Autorízase a los fines indicados, la inversión más los Mayores Costos resultantes, de la suma total de $ 31:257.194,01 (pesos uruguayos: treinta y un millones doscientos cincuenta y siete mil ciento noventa y cuatro con un centésimo) discriminada en las siguientes partidas: $ 21:689.348,40 para Contrato; $ 445.476,32 para el COFIS (3%. del 70%); $ 5:093.309,68 para IVA (23%) ; y $ 4:019.059,61 para Leyes Sociales.  Asimismo autorízase la inversión de una partida destinada a la eventual utilización de Imprevistos (10%), la que se calcula en la suma de $ 3:125.719,40.

Establécese que la citada inversión será atendida con cargo a la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa 003, Proyecto 754, Financiamiento 1,4 FIMTOP, Ejercicios 2003 y siguientes, según Constancia de

Afectación de Crédito que se adjunta.

3°.- Dispónese que la notificación del presente acto administrativo a la empresa adjudicataria, constituirá a todos los efectos legales el contrato de los trabajos de que se trata, siendo sus derechos y obligaciones, los que surgen de las normas jurídicas y reglamentarias aplicables, de los Pliegos Generales y Particular y de su oferta, sin perjuicio de la suscripción del contrato de mantenimiento que podrá celebrar la Dirección Nacional de Vialidad ad- referéndum de su aprobación por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

4°.- Establécese con efecto suspensivo que la empresa adjudicataria dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles a partir del siguiente al de la notificación de la presente Resolución, a fin de constituir  la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato equivalente al 5% ( cinco por ciento) del valor de la contratación, en las condiciones establecidas por el Numeral 2 de la Sección IV, "De las Garantías" del Pliego de Condiciones Particulares.

Dicho depósito se efectuará en el Departamento Notarial del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de los documentos de estilo. El incumplimiento del precedente requisito configurará a todos los efectos, la rescisión del contrato de que se trata y podrá dar lugar a la aplicación de las sanciones pertinentes.

5°.- Comuníquese, dése cuenta al Tribunal de Cuentas de la República y previa intervención del Contador Central delegado por el citado Tribunal en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad para la notificación de los interesados, puesta en conocimiento del Departamento Notarial de la fecha de dicha notificación respecto de la empresa adjudicataria y demás efectos.