26/02/03
26/02/03
– SE ADJUDICA LICITACIÓN PÚBLICA N° 11/02 –INSISTIENDO EN EL GASTO-
A LA EMPRESA CONSORCIO VIAL DEL NORTE I
VISTO: la
Licitación Pública N° 11/02 formulada por la Dirección Nacional de
Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para los trabajos
denominados "Mantenimiento Rutinario en base a estándares o niveles
de servicio, y tareas de recuperación de pavimento, de los tramos de
rutas afectadas a la Regional 4 y 6 de la Dirección Nacional de
Vialidad"
RESULTANDO:
I) Que a dicha
convocatoria, verificada el 25 de setiembre de 2002, presentaron
propuestas los siguientes oferentes: N° 1.-
SENDA S.R.L.; N° 2.-
CONVAL S.R.L.; N° 3.-
ARNEL S.R.L.; N° 4.-
CONSORCIO VIAL DEL NORTE I; y N° 5.-
SERVIAM S.A., los que se ajustaron a los extremos formales exigidos
por las bases respectivas, según Acta obrante a fs.63 y fs.63 vuelta de
estos autos.
II) Que
la Comisión Asesora de Adjudicaciones respectiva procedió al estudio de
las ofertas y cuadro comparativo de costos -que adjunta-, indicando que
efectuada la evaluación de las propuestas, aconseja la adjudicación de
los trabajos a CONSORCIO VIAL DEL NORTE I por resultar la de menor precio,
conveniente a los intereses de la Administración, y a las necesidades del
servicio, al tiempo que se ajusta sustancialmente a las estipulaciones
contenidas en los recaudos correspondientes.
III) Que
en consecuencia, correspondería disponer de una partida para Contrato por
la suma de $ 21:689.348,40, la que incrementada con las destinadas a
atender el COFIS (3% del 70%), IVA (23%) y Leyes Sociales, asciende a la suma
total de
$ 31:257.194,01, cuya inversión más los Mayores Costos resultantes,
corresponde autorizar como así la eventual utilización de una partida de
Imprevistos (10%) calculada en la suma de $3:125.719,40.
IV) Que
se procedió a poner de manifiesto el expediente dando vista a los
oferentes en cumplimiento de lo preceptuado por el articulo 58 del
"T.O.C.A.F. 1996" aprobado por el Decreto N°194/997 de lO de
junio de 1997, sin que presentaran descargos u observaciones a lo actuado.
V) Que
el Departamento Contaduría de la Dirección Nacional de Vialidad informó
los créditos con que se atenderán dichos trabajos, adjuntando las
constancias respectivas y al intervenir el Tribunal de Cuentas de la
República (Oficina Central Carpeta N°197.600) éste observó el gasto al
entender que no se cumplió con la antelación requerida por los
artículos 47 y 134 del "T.O.C.A.F. 1996", en relación a la
publicación efectuada en el diario “Batoví” de Tacuarembó.
CONSIDERANDO: I) Que
la Dirección Nacional de Vialidad, por nuevo informe, señala que el
extremo observado por el Tribunal de Cuentas de la República, se debió a
las siguientes razones: la orden de publicación efectuada por el
Departamento de Difusión y Comunicación del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas fue enviada el día 27 de agosto de 2002 al diario
"Batoví" de Tacuarembó así como al diario "El
Telégrafo" de Paysandú, según hace constar en fotocopias que
adjunta.
II) Que,
el periódico " El Telégrafo" de Paysandú, al ser una
publicación diaria, publicó el llamado el día 29 de agosto de 2002, no
así el diario “Batoví” de Tacuarembó ya que
el mismo es una publicación semanal, por lo que justificaría su no
publicación en forma inmediata y dentro de los plazos previstos.
III) Que,
teniendo en cuenta que el procedimiento licitatorio se ha ajustado
sustancialmente a la normativa y recaudos que lo gobiernan, y, salvo el
retraso involuntario de una publicación de la misma que como se informó,
tuvo por origen el desfasaje entre las fechas de envío de la orden de
publicación, y la publicación en sí, correspondería se insistiera en
el gasto.
ATENTO: a
lo preceptuado por el artículo 211, literal B) de la Constitución de la
República, lo establecido por el "T.O.C.A.F. 1996" aprobado por
el Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997, y lo. dispuesto por los
Decretos N°s. 90/000 y 295/000 de 3 de marzo y 11 de octubre de 2000.
EL
PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
R
ES U E L V E:
1°.-
Adjudícase -insistiendo en el gasto- a la
empresa CONSORCIO VIAL DEL NORTE I, en la suma de $ 21:689.348,40
para Contrato (excluidos el IVA, el COFIS y las Leyes Sociales), los
trabajos denominados: "Mantenimiento Rutinario en base a estándares
o niveles de servicio, y tareas de recuperación de pavimento, de los
tramos de rutas afectadas a la Regional 4 y 6 de la Dirección Nacional de
Vialidad", según el resultando de la licitación Pública N°11/02
convocada por la referida Dirección Nacional y conforme al Pliego de
Condiciones Particulares, Comunicados aclaratorios y la oferta presentada
por la empresa.
2°.- Autorízase
a los fines indicados, la inversión más los Mayores Costos resultantes,
de la suma total de $ 31:257.194,01 (pesos uruguayos: treinta y un millones
doscientos cincuenta y siete mil ciento noventa y cuatro con un
centésimo) discriminada en las siguientes partidas: $ 21:689.348,40 para
Contrato; $ 445.476,32 para el COFIS (3%. del 70%); $ 5:093.309,68 para
IVA (23%) ; y $ 4:019.059,61 para Leyes Sociales. Asimismo
autorízase la inversión de una partida destinada a la eventual
utilización de Imprevistos (10%), la que se calcula en la suma de $
3:125.719,40.
Establécese
que la citada inversión será atendida con cargo a la Ley N° 17.296 de
21 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa 003, Proyecto 754,
Financiamiento 1,4 FIMTOP, Ejercicios 2003 y siguientes, según Constancia
de
Afectación
de Crédito que se adjunta.
3°.-
Dispónese que la notificación del presente acto administrativo a la
empresa adjudicataria, constituirá a todos los efectos legales el
contrato de los trabajos de que se trata, siendo sus derechos y
obligaciones, los que surgen de las normas jurídicas y reglamentarias
aplicables, de los Pliegos Generales y Particular y de su oferta, sin
perjuicio de la suscripción del contrato de mantenimiento que podrá
celebrar la Dirección Nacional de Vialidad ad- referéndum de su
aprobación por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
4°.-
Establécese con efecto suspensivo que la empresa adjudicataria dispondrá
de un plazo de 5 (cinco) días hábiles a partir del siguiente al de la
notificación de la presente Resolución, a fin de constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
equivalente al 5% ( cinco por ciento) del valor de la contratación, en las
condiciones establecidas por el Numeral 2 de la Sección IV, "De las
Garantías" del Pliego de Condiciones Particulares.
Dicho
depósito se efectuará en el Departamento Notarial del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, a través de los documentos de estilo. El
incumplimiento del precedente requisito configurará a todos los efectos,
la rescisión del contrato de que se trata y podrá dar lugar a la
aplicación de las sanciones pertinentes.
5°.-
Comuníquese, dése cuenta al Tribunal de Cuentas de la República y
previa intervención del Contador Central delegado por el citado Tribunal
en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, vuelva a la Dirección
Nacional de Vialidad para la notificación de los interesados, puesta en
conocimiento del Departamento Notarial de la fecha de dicha notificación
respecto de la empresa adjudicataria y demás efectos.
|