07/03/03
28/02/03 – AMPLIACIÓN
DE CONTRATACIÓN EFECTUADA EN EL MARCO DEL CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL MTOP
Y EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
VISTO: la
Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 27 de diciembre de 2000.
RESULTANDO: I) Que a
través de dicho acto se procedió a adjudicar -en forma directa- entre
otras a la Empresa Construcciones Viales y Civiles S.A., las obras de
" Reacondicionamiento de Pistas del Aeropuerto Internacional de
Carrasco, Gral. Cesáreo L. Berisso" en el marco del Convenio
suscrito entre los Ministerios de Transporte y Obras Públicas y el de
Defensa Nacional.
II) Que, a través de los
presentes obrados, la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica
solicita la ampliación de la adjudicación de referencia a los efectos de
la realización de obras civiles en la pista 01-19 del citado Aeropuerto.
III) Que el Tribunal de
Cuentas de la República (Oficina Central -Carpeta N° 189.448) ha tomado
la intervención que le compete sin formular observaciones al respecto.
ATENTO: a lo
preceptuado por el artículo 63 del "T.O.C.A.F. 1996" , aprobado
por el Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997.
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Amplíase la
contratación efectuada con la Empresa Construcciones Viales y Civiles
S.A., efectuada al .amparo de lo establecido en el marco del Convenio
suscrito entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Defensa Nacional, para la realización de las obras de “Reacondicionamiento
de Pistas del Aeropuerto Internacional de Carrasco, Gral. Cesáreo L.
Berisso", :por un monto de $7:179.518 (pesos uruguayos: siete
millones ciento setenta y nueve mil quinientos dieciocho) incluidas las
Leyes Sociales, destinada a atender la ejecución de las obras civiles en
la pista 01-19 del citado Aeropuerto
2°.- Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma
de $ 7:179.518 (pesos uruguayos: siete millones ciento setenta y nueve mil
quinientos dieciocho) , exento de I.V.A e incluídas las Leyes Sociales,
conforme a la siguiente discriminación: $ 6:143.183 (pesos uruguayos:
seis millones ciento cuarenta y tres mil ciento ochenta y tres) para
Obras, $1:036.335 (pesos uruguayos: un millón treinta y seis mil
trescientos treinta y cinco) para Leyes Sociales; destacándose que la
presente aprobación se encuentra exenta de I.V.A.
Dicho monto se atenderá con cargo a fondos
propios de la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica.
3°.- Comuníquese y
vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad a sus efectos.
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