07/03/03

28/02/03 – AMPLIACIÓN DE CONTRATACIÓN EFECTUADA EN EL MARCO DEL CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL MTOP Y EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 27 de diciembre de 2000.

RESULTANDO: I) Que a través de dicho acto se procedió a adjudicar -en forma directa- entre otras a la Empresa Construcciones Viales y Civiles S.A., las obras de " Reacondicionamiento de Pistas del Aeropuerto Internacional de Carrasco, Gral. Cesáreo L. Berisso" en el marco del Convenio suscrito entre los Ministerios de Transporte y Obras Públicas y el de Defensa Nacional.

II) Que, a través de los presentes obrados, la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica solicita la ampliación de la adjudicación de referencia a los efectos de la realización de obras civiles en la pista 01-19 del citado Aeropuerto.

III) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central -Carpeta N° 189.448) ha tomado la intervención que le compete sin formular observaciones al respecto.

ATENTO: a lo preceptuado por el artículo 63 del "T.O.C.A.F. 1996" , aprobado por el Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Amplíase la contratación efectuada con la Empresa Construcciones Viales y Civiles S.A., efectuada al .amparo de lo establecido en el marco del Convenio suscrito entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Defensa Nacional, para la realización de las obras de “Reacondicionamiento de Pistas del Aeropuerto Internacional de Carrasco, Gral. Cesáreo L. Berisso", :por un monto de $7:179.518 (pesos uruguayos: siete millones ciento setenta y nueve mil quinientos dieciocho) incluidas las Leyes Sociales, destinada a atender la ejecución de las obras civiles en la pista 01-19 del citado Aeropuerto

2°.- Autorízase a los fines indicados, la inversión de la suma de $ 7:179.518 (pesos uruguayos: siete millones ciento setenta y nueve mil quinientos dieciocho) , exento de I.V.A e incluídas las Leyes Sociales, conforme a la siguiente discriminación: $ 6:143.183 (pesos uruguayos: seis millones ciento cuarenta y tres mil ciento ochenta y tres) para Obras, $1:036.335 (pesos uruguayos: un millón treinta y seis mil trescientos treinta y cinco) para Leyes Sociales; destacándose que la presente aprobación se encuentra exenta de I.V.A.

Dicho monto se atenderá con cargo a fondos propios de la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica.

3°.- Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad a sus efectos.