07/03/03

06/03/03 – AUTORIZACIÓN A MODIFICAR CLÁUSULA TERCERA DE CONTRATO CON LA EMPRESA ESTATAL UNITARIA ROSOBORONEXPORT

VISTO: la necesidad de modificar la cláusula tercera, punto 3.1 del contrato de suministro de material N°P/285807041406, celebrado el 2 de abril de 2002, entre la Empresa Federal Estatal Unitaria (EFEU) "Rosoboronexport", Moscú, Federación Rusa y el Ministerio de Defensa Nacional de la República Oriental del Uruguay.-

RESULTANDO: I) que por Decreto 162/002, de fecha 1ro. de abril de 2002, el Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros, autorizó al Ministerio de Defensa Nacional a suscribir dicho contrato.-

II) que de acuerdo a las tratativas mantenidas entre ambos gobiernos resulta necesario que el embarque del Material se realice en dos etapas, siendo la primera antes del 23 de octubre de 2002 y la segunda antes del 31 de marzo de 2003.-

CONSIDERANDO: que es pertinente proceder a autorizar la modificación de dicho contrato.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

RESUELVE:

1ro.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional a suscribir la modificación a la redacción de la cláusula tercera, punto 3.1 del contrato N° P/285807041406, celebrado entre la Empresa Federal Estatal Unitaria (EFEU) "Rosoboronexport", Moscú, Federación Rusa y el Ministerio de Defensa Nacional de la República Oriental del Uruguay, en los términos que luce a fojas 3 del expediente 02078727 del Ministerio de Defensa Nacional.-

2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional a sus efectos. Cumplido, vuelva y archívese.-

MODIFICACIÓN No. R/285807041408

Al contrato No. R/285807041406

En la ciudad de Montevideo, capital de la República Oriental del Uruguay, a los .." dias de ....de 2002.

Por una Parte; el COMPRADOR -Ministerio de Defensa Nacional de la República Oriental del Uruguay, con domicilio en la Avenida 8 de Octubre número 2622 de la ciudad de Montevideo.

Por otra Darte: el PROVEEDOR -Empresa Federal Estatal Unitaria (EFEU) "Rosoboronexport", Federación de Rusia, C.P. 107076, con domicilio en la calle Strominka 27/3, ciudad de Moscú. acordaron modificar el acápite 3.1. de la cláusula 3 del contrato P/285807041406 del 02 de abril de 2002, la que quedará redactada como se detalla a continuación:

"3.1.- El Material serás suministrado de la siguiente forma : I) e) primer embarque, antes del 23 de octubre de 2002 Y. II) el segundo embarque, antes del 31 de marzo de 2003, ambos en condiciones "CIF- puerto de Montevideo", de conformidad con las normas "lncoterms 2000" (edición No.560 de la Cámara de Comercio Internacional 1999).

En todo lo no comprendido en la presente modificación. se mantendrán vigentes las cláusulas del contrato P/285807041406 del 02 de abril de 2002 y del contrato complementario a éste No.285801041407 de 12 de setiembre de 2002.

El presente ha sido suscrito en dos ejemplares del mismo tenor, en idioma ruso y español cada uno, uno para cada Parte, siendo ambos textos de idéntico valor, el que entrará en vigor a partir de la fecha de suscripción del mismo.