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       07/03/03 
      06/03/03 – AUTORIZACIÓN A MODIFICAR
      CLÁUSULA TERCERA DE CONTRATO CON LA EMPRESA ESTATAL UNITARIA
      ROSOBORONEXPORT 
      VISTO: la necesidad de
      modificar la cláusula tercera, punto 3.1 del contrato de suministro de
      material N°P/285807041406, celebrado el 2 de abril de 2002, entre la
      Empresa Federal Estatal Unitaria (EFEU) "Rosoboronexport",
      Moscú, Federación Rusa y el Ministerio de Defensa Nacional de la
      República Oriental del Uruguay.- 
      
       
      RESULTANDO: I) que por
      Decreto 162/002, de fecha 1ro. de abril de 2002, el Presidente de la
      República, actuando en Consejo de Ministros, autorizó al Ministerio de
      Defensa Nacional a suscribir dicho contrato.- 
      
       
      II) que de acuerdo a las tratativas
      mantenidas entre ambos gobiernos resulta necesario que el embarque del
      Material se realice en dos etapas, siendo la primera antes del 23 de
      octubre de 2002 y la segunda antes del 31 de marzo de 2003.- 
      
       
      CONSIDERANDO: que es
      pertinente proceder a autorizar la modificación de dicho contrato.- 
      
       
      ATENTO: a lo
      precedentemente expuesto- 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, 
      
       
      RESUELVE: 
      
       
      1ro.- Autorízase al
      Ministerio de Defensa Nacional a suscribir la modificación a la
      redacción de la cláusula tercera, punto 3.1 del contrato N°
      P/285807041406, celebrado entre la Empresa Federal Estatal Unitaria (EFEU)
      "Rosoboronexport", Moscú, Federación Rusa y el Ministerio de
      Defensa Nacional de la República Oriental del Uruguay, en los términos
      que luce a fojas 3 del expediente 02078727 del Ministerio de Defensa
      Nacional.- 
      2do.-
      Comuníquese, publíquese y pase a la Asesoría Notarial del Ministerio de
      Defensa Nacional a sus efectos. Cumplido, vuelva y archívese.- 
      
       
      MODIFICACIÓN No.
      R/285807041408 
      
       
      Al contrato No.
      R/285807041406 
      
       
      En la ciudad de Montevideo,
      capital de la República Oriental del Uruguay, a los .." dias de
      ....de 2002. 
      Por una Parte; el COMPRADOR
      -Ministerio de Defensa Nacional de la República Oriental del Uruguay, con
      domicilio en la Avenida 8 de Octubre número 2622 de la ciudad de
      Montevideo. 
      Por otra Darte: el
      PROVEEDOR -Empresa Federal Estatal Unitaria (EFEU)
      "Rosoboronexport", Federación de Rusia, C.P. 107076, con
      domicilio en la calle Strominka 27/3, ciudad de Moscú. acordaron
      modificar el acápite 3.1. de la cláusula 3 del contrato P/285807041406
      del 02 de abril de 2002, la que quedará redactada como se detalla a
      continuación: 
      "3.1.- El Material
      serás suministrado de la siguiente forma : I) e) primer embarque, antes
      del 23 de octubre de 2002 Y. II) el segundo embarque, antes del 31 de
      marzo de 2003, ambos en condiciones "CIF- puerto de Montevideo",
      de conformidad con las normas "lncoterms 2000" (edición No.560
      de la Cámara de Comercio Internacional 1999). 
      En todo lo no comprendido
      en la presente modificación. se mantendrán vigentes las cláusulas del
      contrato P/285807041406 del 02 de abril de 2002 y del contrato
      complementario a éste No.285801041407 de 12 de setiembre de 2002. 
      El presente ha sido
      suscrito en dos ejemplares del mismo tenor, en idioma ruso y español cada
      uno, uno para cada Parte, siendo ambos textos de idéntico valor, el que
      entrará en vigor a partir de la fecha de suscripción del mismo. 
       
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