07/03/03
06/03/03 – AUTORIZACIÓN A MODIFICAR
CLÁUSULA TERCERA DE CONTRATO CON LA EMPRESA ESTATAL UNITARIA
ROSOBORONEXPORT
VISTO: la necesidad de
modificar la cláusula tercera, punto 3.1 del contrato de suministro de
material N°P/285807041406, celebrado el 2 de abril de 2002, entre la
Empresa Federal Estatal Unitaria (EFEU) "Rosoboronexport",
Moscú, Federación Rusa y el Ministerio de Defensa Nacional de la
República Oriental del Uruguay.-
RESULTANDO: I) que por
Decreto 162/002, de fecha 1ro. de abril de 2002, el Presidente de la
República, actuando en Consejo de Ministros, autorizó al Ministerio de
Defensa Nacional a suscribir dicho contrato.-
II) que de acuerdo a las tratativas
mantenidas entre ambos gobiernos resulta necesario que el embarque del
Material se realice en dos etapas, siendo la primera antes del 23 de
octubre de 2002 y la segunda antes del 31 de marzo de 2003.-
CONSIDERANDO: que es
pertinente proceder a autorizar la modificación de dicho contrato.-
ATENTO: a lo
precedentemente expuesto-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
RESUELVE:
1ro.- Autorízase al
Ministerio de Defensa Nacional a suscribir la modificación a la
redacción de la cláusula tercera, punto 3.1 del contrato N°
P/285807041406, celebrado entre la Empresa Federal Estatal Unitaria (EFEU)
"Rosoboronexport", Moscú, Federación Rusa y el Ministerio de
Defensa Nacional de la República Oriental del Uruguay, en los términos
que luce a fojas 3 del expediente 02078727 del Ministerio de Defensa
Nacional.-
2do.-
Comuníquese, publíquese y pase a la Asesoría Notarial del Ministerio de
Defensa Nacional a sus efectos. Cumplido, vuelva y archívese.-
MODIFICACIÓN No.
R/285807041408
Al contrato No.
R/285807041406
En la ciudad de Montevideo,
capital de la República Oriental del Uruguay, a los .." dias de
....de 2002.
Por una Parte; el COMPRADOR
-Ministerio de Defensa Nacional de la República Oriental del Uruguay, con
domicilio en la Avenida 8 de Octubre número 2622 de la ciudad de
Montevideo.
Por otra Darte: el
PROVEEDOR -Empresa Federal Estatal Unitaria (EFEU)
"Rosoboronexport", Federación de Rusia, C.P. 107076, con
domicilio en la calle Strominka 27/3, ciudad de Moscú. acordaron
modificar el acápite 3.1. de la cláusula 3 del contrato P/285807041406
del 02 de abril de 2002, la que quedará redactada como se detalla a
continuación:
"3.1.- El Material
serás suministrado de la siguiente forma : I) e) primer embarque, antes
del 23 de octubre de 2002 Y. II) el segundo embarque, antes del 31 de
marzo de 2003, ambos en condiciones "CIF- puerto de Montevideo",
de conformidad con las normas "lncoterms 2000" (edición No.560
de la Cámara de Comercio Internacional 1999).
En todo lo no comprendido
en la presente modificación. se mantendrán vigentes las cláusulas del
contrato P/285807041406 del 02 de abril de 2002 y del contrato
complementario a éste No.285801041407 de 12 de setiembre de 2002.
El presente ha sido
suscrito en dos ejemplares del mismo tenor, en idioma ruso y español cada
uno, uno para cada Parte, siendo ambos textos de idéntico valor, el que
entrará en vigor a partir de la fecha de suscripción del mismo.
|