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       14/03/03 
      12/03/03 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO
      ENTRE MTOP Y EL CENTRO DE ATENCIÓN INFANTIL CENAI DE SAN GREGORIO DE
      POLANCO
      
       
      VISTO: el Convenio
      celebrado el 27 de enero de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
      Obras Públicas y el Centro de Atención Infantil CENAI, de San Gregorio
      de Polanco, Departamento de Tacuarembó. 
      
       
      RESULTANDO: I) que el
      citado Ministerio contribuye para la terminación de edificio sede para
      Centro de Atención Infantil (158 m2) y galería (98 m2) , con la suma de
      $ 295.000.- en efectivo; 
      
       
      II) Que dicho Centro, por su parte,
      contribuye con la suma de $ 295.000.- discriminada en el Convenio; 
      
       
      III) Que la División Contabilidad y Finanzas
      de Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central
      Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;  
      CONSIDERANDO: conveniente aprobar
      dicho Convenio; 
      
       
      ATENTO: A lo
      precedentemente expuesto.
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE
      :
      
       
      1°.- Apruébase, en
      todas sus partes, el Convenio celebrado el 27 de enero de 2003, entre el
      Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro de Atención
      Infantil CENAI, de San Gregorio de Polanco, Departamento de Tacuarembó,
      para la terminación de edificio sede para Centro de Atención Infantil
      (158 m2) y galería (98 m2) 
      
       
      2°.- Autorízase, la
      inversión de la suma de $ 295.000.- (pesos uruguayos doscientos noventa y
      cinco mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se
      trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N° 16.736 del 5 de enero de
      1996, Inciso 10, Programa.001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio
      2003, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del
      Decreto N° 24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N° 12, y
      con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.
      
       
      3°.- Autorízase el
      pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $
      295.000.- (pesos uruguayos doscientos noventa y cinco mil), en 1 (una)
      cuota, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay, (Sucursal
      San Gregorio de Polanco), para ser depositado en la Cuenta N°
      046-001082-9, perteneciente al Centro de Atención Infantil, la que se
      atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se
      autorizan.
      
       
      4°.- Comuníquese y
      previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del
      Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
      vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos. 
       
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