17/03/03
14/03/03 –
SE DELEGA EN EL MINISTRO DEL INTERIOR ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO
RELATIVAS A LA EXONERACIÓN DEL PAGO DE LA TASA CORRESPONDIENTE A LA
EXPEDICIÓN DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD
VISTO: lo
dispuesto por los artículos 160 y 168 numeral 24 de la Constitución;
RESULTANDO:
que el artículo 134 de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 faculta
al Poder Ejecutivo a exonerar del pago de la tasa correspondiente a la
expedición de la Cédula de Identidad a solicitud fundada del Instituto
Nacional del Menor (INAME), de la Dirección Nacional de Previsión del
Delito, del Banco de Previsión Social (BPS), de la Administración
Nacional de Educación Pública (Consejo de Educación Primaria), de las
Defensorías de Oficio en materia de Familia y de Menores y de los
consultorios jurídicos gratuitos dependientes de la Facultad de Derecho
de la Universidad de la República;
CONSIDERANDO:
que notorias razones de buena administración aconsejan utilizar la
facultad delegatoria constitucionalmente reconocida;
ATENTO: a
lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Actuando
en Consejo de Ministros
RESUELVE:
1º-
Deléganse en el Ministerio del Interior o quién haga sus veces las
atribuciones del Poder Ejecutivo, concernientes a la exoneración del pago
de la tasa correspondiente a la expedición de la Cédula de Identidad
establecida en el artículo de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001.
2º.- Sin
perjuicio de lo dispuesto precedentemente el Poder Ejecutivo podrá avocar
las atribuciones delegadas, como asimismo el delegado someterlas a su
consideración.
3º.- Las
atribuciones delegadas no pueden, a su vez, ser objeto de delegación.
4º.- El
Ministerio enviará a la Secretaría de la Presidencia de la República,
copia de las resoluciones que se dicten en ejercicio de las atribuciones
delegadas, dentro de las 48 horas.
5º.-
Comuníquese, etc.
|