| 
       17/03/03 
      14/03/03 –
      SE DELEGA EN EL MINISTRO DEL INTERIOR ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO
      RELATIVAS A LA EXONERACIÓN DEL PAGO DE LA TASA CORRESPONDIENTE A LA
      EXPEDICIÓN DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD
      
       
      VISTO: lo
      dispuesto por los artículos 160 y 168 numeral 24 de la Constitución; 
      RESULTANDO:
      que el artículo 134 de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 faculta
      al Poder Ejecutivo a exonerar del pago de la tasa correspondiente a la
      expedición de la Cédula de Identidad a solicitud fundada del Instituto
      Nacional del Menor (INAME), de la Dirección Nacional de Previsión del
      Delito, del Banco de Previsión Social (BPS), de la Administración
      Nacional de Educación Pública (Consejo de Educación Primaria), de las
      Defensorías de Oficio en materia de Familia y de Menores y de los
      consultorios jurídicos gratuitos dependientes de la Facultad de Derecho
      de la Universidad de la República; 
      CONSIDERANDO:
      que notorias razones de buena administración aconsejan utilizar la
      facultad delegatoria constitucionalmente reconocida; 
      ATENTO: a
      lo precedentemente expuesto; 
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA 
      Actuando
      en Consejo de Ministros 
      RESUELVE:
      
       
      1º-
      Deléganse en el Ministerio del Interior o quién haga sus veces las
      atribuciones del Poder Ejecutivo, concernientes a la exoneración del pago
      de la tasa correspondiente a la expedición de la Cédula de Identidad
      establecida en el artículo de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001. 
      2º.- Sin
      perjuicio de lo dispuesto precedentemente el Poder Ejecutivo podrá avocar
      las atribuciones delegadas, como asimismo el delegado someterlas a su
      consideración. 
      3º.- Las
      atribuciones delegadas no pueden, a su vez, ser objeto de delegación. 
      4º.- El
      Ministerio enviará a la Secretaría de la Presidencia de la República,
      copia de las resoluciones que se dicten en ejercicio de las atribuciones
      delegadas, dentro de las 48 horas. 
      5º.-
      Comuníquese,  etc. 
       
      |