17/03/03

14/03/03 – SE DELEGA EN EL MINISTRO DEL INTERIOR ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO RELATIVAS A LA EXONERACIÓN DEL PAGO DE LA TASA CORRESPONDIENTE A LA EXPEDICIÓN DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD

VISTO: lo dispuesto por los artículos 160 y 168 numeral 24 de la Constitución;

RESULTANDO: que el artículo 134 de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 faculta al Poder Ejecutivo a exonerar del pago de la tasa correspondiente a la expedición de la Cédula de Identidad a solicitud fundada del Instituto Nacional del Menor (INAME), de la Dirección Nacional de Previsión del Delito, del Banco de Previsión Social (BPS), de la Administración Nacional de Educación Pública (Consejo de Educación Primaria), de las Defensorías de Oficio en materia de Familia y de Menores y de los consultorios jurídicos gratuitos dependientes de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República;

CONSIDERANDO: que notorias razones de buena administración aconsejan utilizar la facultad delegatoria constitucionalmente reconocida;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Actuando en Consejo de Ministros

RESUELVE:

1º- Deléganse en el Ministerio del Interior o quién haga sus veces las atribuciones del Poder Ejecutivo, concernientes a la exoneración del pago de la tasa correspondiente a la expedición de la Cédula de Identidad establecida en el artículo de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001.

2º.- Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente el Poder Ejecutivo podrá avocar las atribuciones delegadas, como asimismo el delegado someterlas a su consideración.

3º.- Las atribuciones delegadas no pueden, a su vez, ser objeto de delegación.

4º.- El Ministerio enviará a la Secretaría de la Presidencia de la República, copia de las resoluciones que se dicten en ejercicio de las atribuciones delegadas, dentro de las 48 horas.

5º.- Comuníquese,  etc.