19/03/03
19/03/03 – SE DESESTIMA RECURSO
JERÁRQUICO INTERPUESTO POR GRABEL S.A.
VISTO: El recurso jerárquico interpuesto en subsidio por
GRABEL S.A., contra la Resolución del Ministerio de Turismo N° 915/02 de
fecha 12 de diciembre de 2002.
RESULTANDO: Que los recursos fueron interpuestos en tiempo y forma
por lo que se procedió al análisis de los mismos desde el punto de vista
sustancial.
CONSIDERANDO: I) Que el recurrente resiste el acto administrativo
referido, manifestando que ya ha iniciado los trámites pertinentes para
la renovación de su garantía de funcionamiento, razón por la cual fue
clausurada y multada.
II) Que la empresa giró en su actividad de empresa Rentadora de
Autos Sin Chofer, sin garantía de funcionamiento, siendo requisito
esencial para su funcionamiento el mantener la misma vigente.
III) Que por Resolución Ministerial N° 198/03 de fecha 27 de
febrero de 2003 se mantuvo en todos sus términos la recurrida.
ATENTO: A lo expresado, a lo dispuesto por el artículo 317 de
la Constitución de la República y Decreto Ley N° 14.335 de fecha 23 de
diciembre de 1974.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
I) Desestímese el recurso jerárquico impuesto en subsidio por
GRABEL S.A., contra la Resolución del Ministerio de Turismo N° 915/02 de
fecha 12 de diciembre de 2002.
2) Vuelva al Ministerio de Turismo a sus efectos.
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