27/03/03
26/03/03 – SE DEJA SIN EFECTO
EXPROPIACIÓN DE PADRÓN N° 43672 UBICADO EN LA 13ª SECCIÓN JUDICIAL DE
MONTEVIDEO
VISTO:
la Resolución del Poder Ejecutivo N° 420 del 10 de enero de 2001.
RESULTANDO:
I) Que por dicha
Resolución, fue designada para ser expropiada por causa de utilidad
publica, declarándose su urgente ocupación, una fracción de terreno,
Padrón. N° 43672, propiedad de Carol Carmelo, ubicado en la
decimoprirnera Sección Judicial del Departamento de Montevideo y Sección
Catastral Montevideo Rural, destinada a las obras de la "Ruta N° 5-
Tramo: Doble Vía Colector -Progreso".
II)
Que la Dirección Nacional de Vialidad informa que adopto una solución
alternativa que deja sin efecto la afectación del padrón N° 43672 para
las obras de referencia;
III)
Que la Asesoría Técnica (Área Jurídica) de la Unidad Ejecutora,
expresa que no tiene observaciones que formular a las presentes
actuaciones.
CONSIDERANDO:
que por lo expuesto,
corresponde resolver en consecuencia.
ATENTO:
a lo establecido en el Art. 3° Inc. 2 y Art. 4° Numeral 1° de la
Ley de Expropiaciones N° 3958 del 28 de marzo de 1912.. -
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
Déjase sin efecto la designación del Padrón N° 43672, propiedad de
Carol Carmelo, ubicado en la decimoprimera sección Judicial del
Departamento de Montevideo y Sección Catastral Montevideo Rural, afectado
a las obras de la "Ruta N° 5- Tramo: Doble Vía Colector -
Progreso", que fuera aprobada y declarada su urgente ocupación, por
Resolución del Poder Ejecutivo N° 420 del 10 de enero de 2001.
2°)
Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Topografía del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos.
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