27/03/03

26/03/03 – SE DEJA SIN EFECTO EXPROPIACIÓN DE PADRÓN N° 43672 UBICADO EN LA 13ª SECCIÓN JUDICIAL DE MONTEVIDEO

VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo N° 420 del 10 de enero de 2001.

RESULTANDO: I) Que por dicha Resolución, fue designada para ser expropiada por causa de utilidad publica, declarándose su urgente ocupación, una fracción de terreno, Padrón. N° 43672, propiedad de Carol Carmelo, ubicado en la decimoprirnera Sección Judicial del Departamento de Montevideo y Sección Catastral Montevideo Rural, destinada a las obras de la "Ruta N° 5- Tramo: Doble Vía Colector -Progreso".

II) Que la Dirección Nacional de Vialidad informa que adopto una solución alternativa que deja sin efecto la afectación del padrón N° 43672 para las obras de referencia;

III) Que la Asesoría Técnica (Área Jurídica) de la Unidad Ejecutora, expresa que no tiene observaciones que formular a las presentes actuaciones.

CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia.

ATENTO: a lo establecido en el Art. 3° Inc. 2 y Art. 4° Numeral 1° de la Ley de Expropiaciones N° 3958 del 28 de marzo de 1912.. -

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Déjase sin efecto la designación del Padrón N° 43672, propiedad de Carol Carmelo, ubicado en la decimoprimera sección Judicial del Departamento de Montevideo y Sección Catastral Montevideo Rural, afectado a las obras de la "Ruta N° 5- Tramo: Doble Vía Colector - Progreso", que fuera aprobada y declarada su urgente ocupación, por Resolución del Poder Ejecutivo N° 420 del 10 de enero de 2001.

2°) Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos.