03/04/02
02/04/03
– SE MODIFICA RESOLUCIÓN QUE PROMUEVE PROYECTO DE INVERSIÓN DE TIRLEY
S.A.
VISTO:
La Resolución del
Poder Ejecutivo de fecha 9 de agosto de 1999 y sus modificativas de fecha
22 de agosto de 2001 y 20 de marzo de 2002.
RESULTANDO:
Que por la misma se
declaró de Interés Nacional de acuerdo a lo establecido por el inciso
2° del articulo 1° del Decreto N° 291/995, el proyecto de inversión
presentado por la empresa TIRLEY S.A. para la construcción de un
hotel denominado "Hotel del Carmen" ubicado en la 1 a. Sección
Judicial del Departamento de Colonia
CONSIDERANDO:
I) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 20 de marzo
de 2002 se declaró al proyecto mencionado amparado por el Decreto N°
124/001 de 5 de abril de 2001.
II)
Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 22 de agosto de 2001
se estableció que el plazo que regiría la exoneración de las
inversiones para la empresa TIRLEY S.A., se extenderá hasta el 21
de mayo de 2002.
III)
Que TIRLEY. S.A. solicita la trasposición del monto
correspondiente a la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las
importaciones de bienes destinados a la obra civil, al crédito para la
compra de bienes y servicios en plaza con el mismo destino, por un monto
de U$S 220.000 (dólares americanos doscientos veinte mil).
IV)
Que asimismo peticiona un aumento de la inversión en la adquisición
.de bienes y servicios en plaza destinados a la obra
civil, por un monto de U$S 320.000 (dólares americanos trescientos veinte
mil) y trasposición de la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a
la importación de bienes de activo fijo destinados al equipamiento, al
crédito del Impuesto al Valor Agregado en plaza en equipamiento por un
monto imponible de U$S 120.000 (dólares americanos ciento veinte mil).
V)
Que solicita además la modificación del listado de bienes de activo
fijo destinados al equipamiento, que obra adjunto a la Resolución del
Poder Ejecutivo de fecha 20 de marzo de 2002 y extensión en el plazo de
exoneración de las inversiones hasta el 30 de noviembre de 2002.
VI)
Que la Asesoría Técnica del Ministerio de Turismo sugiere salvar la
omisión en el otorgamiento de los beneficios correspondientes al 50% de
todos los tributos que graven las importaciones de bienes destinados a la
obra civil e infraestructura.
VII)
Que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley
16.906 del 7 de enero de 1998 y la Asesoría Técnica del Ministerio de
Turismo, consideran que corresponde acceder a lo solicitado.
ATENTO:
A lo expuesto y a lo
establecido por el Decreto 124/001 de 5 de abril de 2001 EL PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1)
Sustitúyense los numerales 1°,3° y 4° de la Resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 9 de agosto de 1999 que quedarán redactados de la
siguiente manera:
"1)
Declárase de Interés Nacional de acuerdo a lo establecido por el inciso
2° del artículo 1° del
Decreto 291/995, el proyecto de inversión presentado por la empresa
TIRLEY S.A. para la construcción de un Hotel denominado "Hotel del
Carmen", a emplazarse en un terreno sito en la 1º Sección Judicial
del Departamento de Colonia empadronado con el N° 311, con frente a la
calle Washington Barbot N° 283, por un monto total de inversión de U$S
4:058.005 (dólares americanos cuatro millones cincuenta y ocho mil
cinco).
"3)
Autorizase a la empresa TIRLEY S.A. a usufructuar las exoneraciones
previstas en el artículo 3° inciso 1° del Decreto 291/995 (otorgamiento
de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado en la adquisición de
bienes y servicios en plaza) por hasta la suma de U$S 2:269.603 (dólares
americanos dos millones doscientos sesenta y nueve mil seiscientos tres).
4)
Autorizase a la empresa TIRLEY S.A. a usufructuar las exoneraciones
previstas en el artículo 3° inciso 2° del Decreto 291/995 (exoneración
del Impuesto al Valor Agregado a la importación de bienes destinados a la
construcción -infraestructura y obra civil-), en relación a los
siguientes bienes y por hasta la suma de U$S 94.397 (dólares americanos
noventa y cuatro mil trescientos noventa y siete): ascensores
panorámicos, tabiquería de Durlock, pisos cerámicos y revestimientos,
artefactos sanitarios y grifería, instalaciones eléctrica y sanitaria,
grupo electrógeno, aire acondicionado e instalaciones de detección y
seguridad.".
2)
Modificanse los
numerales 2°,3° y 4° de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 20
de marzo de 2002 que quedarán redactados de la siguiente manera: "2)
Autorizase a la empresa TIRLEY S.A. a usufructuar el beneficio previsto en
el artículo 3° inciso e. del Decreto N° 124/001, otorgamiento de un
crédito por el Impuesto al Valor Agregado en la adquisición en plaza de
los bienes de activo fijo destinados al equipamiento, cuyo listado se
sustituye y obra anexo a la presente, por hasta un monto imponible de U$S
255.307 (dólares americanos doscientos cincuenta y cinco mil trescientos
siete)
3)
Autorizase a la empresa TIRLEY S.A. a usufructuar el beneficio previsto en
el artículo 3° inciso f. del Decreto N° 124/001, exoneración del
Impuesto al Valor Agregado a las importaciones de bienes destinados al
equipamiento, cuyo listado se sustituye y obra anexo a la presente, por
hasta un monto imponible de U$S 194.838 (dólares americanos ciento
noventa y cuatro mil ochocientos treinta y ocho)
4)
Autorizase a la empresa TIRLEY S.A. a usufructuar el beneficio previsto en
el articulo 3° inciso g. del Decreto N° 124/001, exoneración del 50% de
todos los tributos que graven las importaciones de activo fijo destinados
al equipamiento, por hasta un monto imponible de U$S 194.838 (dólares
americanos ciento noventa y cuatro mil ochocientos treinta y ocho) y a los
materiales y bienes de obra civil e infraestructura por hasta un monto
imponible de U$S 94.397 (dólares americanos noventa y cuatro mil
trescientos noventa y siete).".
3)
Modificanse los
numerales 5° de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de agosto
de 1999 y 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 22 de agosto
de 2001, a fin de establecer que el plazo para realizar las inversiones
con los beneficios establecidos, se extenderá hasta sesenta días
posteriores a la fecha de la presente.
4) Comuníquese
y vuelva al Ministerio de Turismo a sus efectos.
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