03/04/02
02/04/03
– SE APRUEBAN ESTUDIOS EN EL ÁREA INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DEL
M.T.O.P. Y SUS PLANES RESPECTIVOS
VISTO:
los estudios de
relevamiento, diagnóstico y recomendaciones en el área informática y
sus políticas, como asimismo, evaluación de la red de comunicaciones de
datos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y los planes de
acción respectivos.
RESULTANDO:
I) Que dichos trabajos
requieren por su complejidad, la intervención de un consultor de amplia
experiencia en proyectos, como lo acredita el Ingeniero de Sistemas en
Computación, señor José Manuel Ternande Caamaño
II)
Que el monto de los
trabajos aludidos asciende a la suma de $119.002, excluido el I.V.A.;
import:e que será atendido con cargo a los recursos establecidos en la
Afectación de Crédito N° 0593 emitida por la División Contabilidad y
Finanzas de la precitada Secretaría de Estado
III)
Que en el proceso de
estas actuaciones han tomado intervención, respectivamente, la Oficina
Nacional del Servicio
Civil, Contaduría General de la Nación, Comisión Asesora creada por el
Decreto N°158/002 de 30 de abril de 2002 (art.10°) y Tribunal de Cuentas
de la República (Oficina Central-Carpeta N°197.180), que habilitaron a
través de sus informes la culminación de las presentes actuaciones
ATENTO:
a que se ha dado
cumplimiento a las disposiciones contenidas en los Decretos N°s.158/002
y 208/002 de 30 de abril y 11 de junio de 2002 respectivamente
EL
PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Apruébanse -en todas
sus partes- los documentos relacionados con los estudios de relevamiento,
diagnóstico y recomendaciones en el área informática y sus políticas,
como asimismo, evaluación de la red de comunicaciones de datos del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y los planes de acción
respectivos, cuyo responsable de ejecución es el Ingeniero de Sistemas en
Computación, señor José Manuel Ternande Caamaño
2°.-
Autorízase a los fines
indicados la inversión de la suma de $146.372 (pesos uruguayos: ciento
cuarenta y seis mil trescientos setenta y dos), importe que será atendido
con cargo a los recursos
establecidos en el Ley N°17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso 10,
Programa 001, Proyecto 701, Financiación 1.4 FIMTOP (Afectación de
Crédito Nro,. 0593) y que se discrimina en $119.002 (pesos uruguayos:
ciento diecinueve mil dos) para Contrato y $27.370 (pesos uruguayos:
veintisiete mil trescientos setenta) para I.V.A.
3º.- Comuníquese, notifíquese al interesado y pase -por su orden-
a la División Contabilidad y Finanzas y Contador Central delegado por el
Tribunal de Cuentas de la República en el Ministerio de Transporte y
Obras Pública
Cumplido,
siga el Departamento de Informática de dicho Ministerio a sus efectos.-
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