03/04/02
02/04/03
– FINANCIAMIENTO A GREENFROZEN S.A. CON EL FONDO DE RECONVERSIÓN DEL
SECTOR AZUCARERO
VISTO: la
resolución del Poder Ejecutivo de fecha 1O de octubre de 2002;
RESULTANDO: I) por
la citada resolución se dispuso financiar, con el Fondo de Reconversión
del Sector Azucarero creado por el Art. 2° de la ley 17.379, de 26 de
julio de 2001, la solicitud presentada por la firma Greenfrozen S.A., por
la suma de $ 6:500.000, estableciéndose que el saldo respecto a la suma
de U$S 383.000 por el proyecto aprobado, se atendiese en el correr del
ejercicio 2003;
II)
el Ministerio de Economía y Finanzas por resolución Nº 412/003, de
fecha 31 de marzo de 2003, reforzó en el Inciso 24 «Diversos
Créditos" U.E. 007, por la suma de $ 14:900.000, con destino al
Fondo de Reconversión del Sector Azucarero, por el ejercicio 2003;
III)
se agregó la constancia de afectación por la suma de $ 4:900.000;
IV)
el Tribunal de Cuentas de la República, en sesión de fecha 6 de marzo de
2003, acordó estar a lo dispuesto en sesión de fecha 28 de agosto de
2002, cuando intervino en oportunidad de la partida acordada a Greenfrozen
S.A., por el ejercicio 2002;
CONSIDERANDO: I) en
el caso se han cumplido los requisitos establecidos en la ley Nº 17.379,
de 26 de julio de 2001 y su decreto reglamentario Nº 451/001, de 15 de
noviembre de 2001, para este tipo de solicitud;
II)
procede, por tanto, atender con el referido Fondo, el saldo respecto a la
suma total del proyecto de la firma Greenfrozen S.A.;
III)
que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través del
PREDEG, con fecha 2 de setiembre de 1996, firmó un convenio con la
Corporación Nacional para el Desarrollo, referido a emprendimientos del
subsector granjero;
IV)
conveniente disponer que los desembolsos correspondientes se canalicen a
través de la mencionada Corporación, en el marco del referido Convenio,
como ya realizó con los fondos correspondientes al desembolso del
ejercicio 2002, por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 16 de octubre
de 2002.
ATENTO: a
lo precedentemente expuesto
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1°).- Financiar,
con el Fondo de Reconversión del Sector Azucarero creado por el Art. 2°
de la ley N° 17.379, de 26 de julio de 2001, el saldo del monto del
proyecto aprobado a la firma Greenfrozen S.A., por el ejercicio 2003,
equivalente a la suma de $ 4:900.000 (son pesos urguayos cuatro millones
novecientos mil). -
2°).- Transferir
a la Corporación Nacional para el Desarrollo, en el marco del Convenio
suscrito el 2 de setiembre de
1996, la suma de $ 4:900.000
(pesos uruguayos cuatro millones novecientos mil), a los
fines de los desembolsos correspondientes. -
3°).- Comuníquese
y cumplido, vuelva al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca,
con destino a la Unidad
Administrativa, para su conocimiento,
notificación a la firma
interesada, intervención de la Contaduría Central (Delegado Tribunal de
Cuentas) y demás efectos.-
|