03/04/02

02/04/03 – FINANCIAMIENTO A GREENFROZEN S.A. CON EL FONDO DE RECONVERSIÓN DEL SECTOR AZUCARERO

VISTO: la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 1O de octubre de 2002;

RESULTANDO: I) por la citada resolución se dispuso financiar, con el Fondo de Reconversión del Sector Azucarero creado por el Art. 2° de la ley 17.379, de 26 de julio de 2001, la solicitud presentada por la firma Greenfrozen S.A., por la suma de $ 6:500.000, estableciéndose que el saldo respecto a la suma de U$S 383.000 por el proyecto aprobado, se atendiese en el correr del ejercicio 2003;

II) el Ministerio de Economía y Finanzas por resolución Nº 412/003, de fecha 31 de marzo de 2003, reforzó en el Inciso 24 «Diversos Créditos" U.E. 007, por la suma de $ 14:900.000, con destino al Fondo de Reconversión del Sector Azucarero, por el ejercicio 2003;

III) se agregó la constancia de afectación por la suma de $ 4:900.000;

IV) el Tribunal de Cuentas de la República, en sesión de fecha 6 de marzo de 2003, acordó estar a lo dispuesto en sesión de fecha 28 de agosto de 2002, cuando intervino en oportunidad de la partida acordada a Greenfrozen S.A., por el ejercicio 2002;

CONSIDERANDO: I) en el caso se han cumplido los requisitos establecidos en la ley Nº 17.379, de 26 de julio de 2001 y su decreto reglamentario Nº 451/001, de 15 de noviembre de 2001, para este tipo de solicitud;

II) procede, por tanto, atender con el referido Fondo, el saldo respecto a la suma total del proyecto de la firma Greenfrozen S.A.;

III) que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través del PREDEG, con fecha 2 de setiembre de 1996, firmó un convenio con la Corporación Nacional para el Desarrollo, referido a emprendimientos del subsector granjero;

IV) conveniente disponer que los desembolsos correspondientes se canalicen a través de la mencionada Corporación, en el marco del referido Convenio, como ya realizó con los fondos correspondientes al desembolso del ejercicio 2002, por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 16 de octubre de 2002.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°).- Financiar, con el Fondo de Reconversión del Sector Azucarero creado por el Art. 2° de la ley N° 17.379, de 26 de julio de 2001, el saldo del monto del proyecto aprobado a la firma Greenfrozen S.A., por el ejercicio 2003, equivalente a la suma de $ 4:900.000 (son pesos urguayos cuatro millones novecientos mil). -

2°).- Transferir a la Corporación Nacional para el Desarrollo, en el marco del Convenio suscrito el 2 de setiembre de 1996, la suma de $ 4:900.000 (pesos uruguayos cuatro millones novecientos mil), a los fines de los desembolsos correspondientes. -

3°).- Comuníquese y cumplido, vuelva al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, con destino a la Unidad Administrativa, para su conocimiento, notificación a la firma interesada, intervención de la Contaduría Central (Delegado Tribunal de Cuentas) y demás efectos.-