09/04/03

08/04/03 – SE DESIGNA PLENIPOTENCIARIO PARA DEPOSITAR INSTRUMENTO DE RATIFICACIÓN DE PROTOCOLO DE SOBRE INVERSIONES DE ESTADOS NO PARTE DEL MERCOSUR

VISTO: el Protocolo sobre Promoción y Protección de Inversiones Provenientes de Estados no Parte del MERCOSUR, suscrito en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina el 5 de agosto de 1994;

RESULTANDO: que dicho Protocolo fue aprobado por el Poder Legislativo el día 30 de julio de 2002 y la Ley correspondiente N° 17.531 fue promulgada por el Poder Ejecutivo el día 9 de agosto de 2002;

CONSIDERANDO: que es menester designar Plenipotenciario para proceder, en nombre del Gobierno de la República Oriental del Uruguay, al depósito del Instrumento de Ratificación del citado Protocolo;

ATENTO: a la facultad que le otorga el Artículo 168 de la Constitución de la República en su numeral 20;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Desígnase Plenipotenciario al señor Embajador de la República Oriental del Uruguay en la República del Paraguay, Don Carlos Orlando, para proceder, en nombre del Gobierno de la República, al depósito del Instrumento de Ratificación del Protocolo sobre Promoción y Protección de Inversiones Provenientes de Estados no Parte del MERCOSUR. suscrito en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina el 5 de agosto de 1994.

2°.- Extiéndase la correspondiente Plenipotencia de estilo.

3°- Comuníquese. etc.