| 
       09/04/03 
      08/04/03 –
      SE DESIGNA PLENIPOTENCIARIO PARA DEPOSITAR INSTRUMENTO DE RATIFICACIÓN DE
      PROTOCOLO DE SOBRE INVERSIONES DE ESTADOS NO PARTE DEL MERCOSUR
      
       
      VISTO: el
      Protocolo sobre Promoción y Protección de Inversiones Provenientes de
      Estados no Parte del MERCOSUR, suscrito en la ciudad de Buenos Aires,
      República Argentina el 5 de agosto de 1994; 
      
       
      RESULTANDO: que dicho
      Protocolo fue aprobado por el Poder Legislativo el día 30 de julio de
      2002 y la Ley correspondiente N° 17.531 fue promulgada por el Poder
      Ejecutivo el día 9 de agosto de 2002; 
      
       
      CONSIDERANDO: que es
      menester designar Plenipotenciario para proceder, en nombre del Gobierno
      de la República Oriental del Uruguay, al depósito del Instrumento de
      Ratificación del citado Protocolo; 
      
       
      ATENTO: a la facultad
      que le otorga el Artículo 168 de la Constitución de la República en su
      numeral 20; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1º.- Desígnase
      Plenipotenciario al señor Embajador de la República Oriental del Uruguay
      en la República del Paraguay, Don Carlos Orlando, para proceder, en
      nombre del Gobierno de la República, al depósito del Instrumento de
      Ratificación del Protocolo sobre Promoción y Protección de Inversiones
      Provenientes de Estados no Parte del MERCOSUR. suscrito en la ciudad de
      Buenos Aires, República Argentina el 5 de agosto de 1994. 
      
       
      2°.- Extiéndase la
      correspondiente Plenipotencia de estilo. 
      
       
      3°- Comuníquese.
      etc. 
      
       
       
      |