09/04/03
08/04/03 –
SE DESIGNA PLENIPOTENCIARIO PARA DEPOSITAR INSTRUMENTO DE RATIFICACIÓN DE
PROTOCOLO DE SOBRE INVERSIONES DE ESTADOS NO PARTE DEL MERCOSUR
VISTO: el
Protocolo sobre Promoción y Protección de Inversiones Provenientes de
Estados no Parte del MERCOSUR, suscrito en la ciudad de Buenos Aires,
República Argentina el 5 de agosto de 1994;
RESULTANDO: que dicho
Protocolo fue aprobado por el Poder Legislativo el día 30 de julio de
2002 y la Ley correspondiente N° 17.531 fue promulgada por el Poder
Ejecutivo el día 9 de agosto de 2002;
CONSIDERANDO: que es
menester designar Plenipotenciario para proceder, en nombre del Gobierno
de la República Oriental del Uruguay, al depósito del Instrumento de
Ratificación del citado Protocolo;
ATENTO: a la facultad
que le otorga el Artículo 168 de la Constitución de la República en su
numeral 20;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Desígnase
Plenipotenciario al señor Embajador de la República Oriental del Uruguay
en la República del Paraguay, Don Carlos Orlando, para proceder, en
nombre del Gobierno de la República, al depósito del Instrumento de
Ratificación del Protocolo sobre Promoción y Protección de Inversiones
Provenientes de Estados no Parte del MERCOSUR. suscrito en la ciudad de
Buenos Aires, República Argentina el 5 de agosto de 1994.
2°.- Extiéndase la
correspondiente Plenipotencia de estilo.
3°- Comuníquese.
etc.
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