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09/04/03
– DESIGNACIONES PARA OCUPAR CARGOS DE JEFE DE RESIDENCIA MÉDICA EN LA
ESPECIALIDAD DE GINECOLOGÍA
VISTO:
estos antecedentes relacionados con el llamado a aspirantes para proveer 2
(dos) cargos de Jefe de Residencia Médica en la Especialidad de
Ginecología y Obstetricia en la Unidad Ejecutora 004- Centro Hospitalario
Pereira Rossell;
CONSIDERANDO: I)
que el Tribunal que entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo con
el resultado obtenido, los Técnicos Médicos capacitados para ocupar
dichos cargos;
II)
que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la
Residencia Médica deberá desempeñarse por un periodo de un año,
pudiendo ser reelecto por periodos iguales por la Comisión Técnica de
Residencias Médicas Hospitalarias, luego de la evaluación realizada
sobre su desempeño por la Comisión Hospitalaria;
III) que la Comisión de referencia informa
que las mencionadas profesionales desempeñarán dichos cargos a partir
del 1°. de marzo de 2003; IV) lo informado por la Gerencia de Recursos
Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado;
ATENTO:
a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el
artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990;
EL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1°.-
Desígnanse a partir del 1 0, de marzo de 2003, en el Inciso 12-
Ministerio de Salud Pública- para ocupar 2 (dos) cargos de Jefe de
Residencia Médica en la Especialidad de Ginecología y Obstetricia en la
Unidad Ejecutora 004 -Centro Hospitalario
Pereira Rossell (Programa 006- Esc.A -G.13),
a las personas que se mencionan a continuación: 1) Doctora PAULA BERRO
DUBOURG (C.I. 1.876.082-6)
(C,C. BCC 203) -Correlativo 800040
2º.-
Doctora MARÍA CRISTINA ACOSTA CARABAJAL (C.I. 1.914.416-0) (C.C, BBB
36131) -Correlativo 800030.- 2°.- Dispónese que el régimen
horario a cumplir por dichas técnicas será de 30 horas semanales de
labor.
3º.-
Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil a
través de la página Web por intermedio de la División de Recursos
Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado y la
Contaduría General de la Nación
4°.- Comuníquese.
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