10/04/03

09/04/03 – DESIGNACIONES PARA OCUPAR CARGOS DE JEFE DE RESIDENCIA MÉDICA EN LA ESPECIALIDAD DE GINECOLOGÍA

VISTO: estos antecedentes relacionados con el llamado a aspirantes para proveer 2 (dos) cargos de Jefe de Residencia Médica en la Especialidad de Ginecología y Obstetricia en la Unidad Ejecutora 004- Centro Hospitalario Pereira Rossell;

CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos capacitados para ocupar dichos cargos;

II) que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un periodo de un año, pudiendo ser reelecto por periodos iguales por la Comisión Técnica de Residencias Médicas Hospitalarias, luego de la evaluación realizada sobre su desempeño por la Comisión Hospitalaria;

III) que la Comisión de referencia informa que las mencionadas profesionales desempeñarán dichos cargos a partir del 1°. de marzo de 2003; IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado;

ATENTO: a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990;

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1°.- Desígnanse a partir del 1 0, de marzo de 2003, en el Inciso 12- Ministerio de Salud Pública- para ocupar 2 (dos) cargos de Jefe de Residencia Médica en la Especialidad de Ginecología y Obstetricia en la Unidad Ejecutora 004 -Centro Hospitalario

Pereira Rossell (Programa 006- Esc.A -G.13), a las personas que se mencionan a continuación: 1) Doctora PAULA BERRO DUBOURG (C.I. 1.876.082-6)

(C,C. BCC 203) -Correlativo 800040

2º.- Doctora MARÍA CRISTINA ACOSTA CARABAJAL (C.I. 1.914.416-0) (C.C, BBB 36131) -Correlativo 800030.- 2°.- Dispónese que el régimen horario a cumplir por dichas técnicas será de 30 horas semanales de labor.

3º.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil a través de la página Web por intermedio de la División de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado y la Contaduría General de la Nación 

4°.- Comuníquese.