11/04/02
09/04/03 – APROBADO EL CONTRATO DE CESIÓN
ENTRE LA CORPORACIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y LA CORPORACIÓN VIAL
DEL URUGUAY S.A.
VISTO: el Contrato de
Cesión otorgado entre la Corporación Nacional para el Desarrollo en
calidad de cedente y la Corporación Vial del Uruguay S.A. en calidad de
cesionaria el 18 de febrero de 2003, referido al Convenio -Contrato de 5
de octubre de 2001 y sus modificativos para la ejecución de obras y
proyectos por el sistema de Concesión de Obra Pública de la llamada
"Megaconcesión".
RESULTANDO: I) Que por
el citado instrumento se puso en el mismo lugar y prelación a la
Compañía Vial del Uruguay S.A. con respecto al que tenía la
Corporación Nacional para el Desarrollo en el contrato cedido según el
texto de la cláusula segunda del mismo. II) Que la cesión de que se
trata incluyó las seguridades, garantías y compromisos reclamados en el
documento cedido y en la normativa aplicable, -y Corporación Vial del
Uruguay asumió según cláusula tercera, el total del activo y pasivo de
la Concesión.
III) Que el Ministerio de Transporte y Obras públicas, con la previa
compulsa de su Asesor Jurídico Coordinador sobre la documentación aportada, expresó su no objeción al citado Contrato
de Cesión, por Resolución de 21 de febrero de 2003, remitiendo estos
obrados al Tribunal de Cuentas de la República para la respectiva
intervención de legalidad de dicho Órgano de Contralor, el que se
expidió favorablemente en Carpeta N° 193.303 E.872 sin observaciones al
respecto.
CONSIDERANDO: I) Que
el texto contractual examinado se ajusta a la normativa aplicable y se
sometió a las intervenciones de rigor, las que se expidieron aconsejando
primero la no objeción y después la aprobación del citado documento.
II) Que corresponde en consecuencia
para la entrada en vigencia de la cesión de que se trata dictar el acto
de aprobación del caso.
ATENTO: a lo dispuesto
por la cláusula sexta, literal D del Convenio -Contrato de 5 de octubre
de 2001, aprobado por Resolución N° 1.908/001 del Poder Ejecutivo de 20
de diciembre de 2001 y disposiciones concordantes, y lo establecido
en el decreto del Poder Ejecutivo de 2 de octubre de 2002.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Apruébase -en
todas sus partes- el Contrato de Cesión otorgado el 18 de febrero de 2003
entre la Corporación Nacional para el Desarrollo en calidad de cedente y
la Corporación Vial del Uruguay S.A. como cesionaria, relacionado
con el Convenio -Contrato de 5 de octubre de 2001
y sus modificativos para la ejecución de obras y proyectos por el sistema
de Concesión de Obra Pública de la llamada “Megaconcesión”. 2°.-
Comuníquese. Publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de
Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para notificación
de las partes contratantes y demás efectos.
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