11/04/02

09/04/03 – APROBADO EL CONTRATO DE CESIÓN ENTRE LA CORPORACIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y LA CORPORACIÓN VIAL DEL URUGUAY S.A.

VISTO: el Contrato de Cesión otorgado entre la Corporación Nacional para el Desarrollo en calidad de cedente y la Corporación Vial del Uruguay S.A. en calidad de cesionaria el 18 de febrero de 2003, referido al Convenio -Contrato de 5 de octubre de 2001 y sus modificativos para la ejecución de obras y proyectos por el sistema de Concesión de Obra Pública de la llamada "Megaconcesión".

RESULTANDO: I) Que por el citado instrumento se puso en el mismo lugar y prelación a la Compañía Vial del Uruguay S.A. con respecto al que tenía la Corporación Nacional para el Desarrollo en el contrato cedido según el texto de la cláusula segunda del mismo. II) Que la cesión de que se trata incluyó las seguridades, garantías y compromisos reclamados en el documento cedido y en la normativa aplicable, -y Corporación Vial del Uruguay asumió según cláusula tercera, el total del activo y pasivo de la Concesión.

III) Que el Ministerio de Transporte y Obras públicas, con la previa compulsa de su Asesor Jurídico Coordinador sobre la documentación aportada, expresó su no objeción al citado Contrato de Cesión, por Resolución de 21 de febrero de 2003, remitiendo estos obrados al Tribunal de Cuentas de la República para la respectiva intervención de legalidad de dicho Órgano de Contralor, el que se expidió favorablemente en Carpeta N° 193.303 E.872 sin observaciones al respecto.

CONSIDERANDO: I) Que el texto contractual examinado se ajusta a la normativa aplicable y se sometió a las intervenciones de rigor, las que se expidieron aconsejando primero la no objeción y después la aprobación del citado documento.

II) Que corresponde en consecuencia para la entrada en vigencia de la cesión de que se trata dictar el acto de aprobación del caso.

ATENTO: a lo dispuesto por la cláusula sexta, literal D del Convenio -Contrato de 5 de octubre de 2001, aprobado por Resolución N° 1.908/001 del Poder Ejecutivo de 20 de diciembre de 2001 y disposiciones concordantes, y lo establecido en el decreto del Poder Ejecutivo de 2 de octubre de 2002.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Apruébase -en todas sus partes- el Contrato de Cesión otorgado el 18 de febrero de 2003 entre la Corporación Nacional para el Desarrollo en calidad de cedente y la Corporación Vial del Uruguay S.A. como cesionaria, relacionado con el Convenio -Contrato de 5 de octubre de 2001 y sus modificativos para la ejecución de obras y proyectos por el sistema de Concesión de Obra Pública de la llamada “Megaconcesión”. 2°.- Comuníquese. Publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para notificación de las partes contratantes y demás efectos.