11/04/02
09/04/03 – SE DESIGNAN TRES MÉDICOS
RESIDENTES EN A.S.S.E.
VISTO: estos
antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado para
proveer 3 (tres} cargos de Médico Residente en la Especialidad de
Psiquiatría Pediátrica en la Administración de los Servicios de Salud
del Estado
CONSIDERANDO: I) que el
Tribunal que entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo con el
resultado obtenido, los Técnicos Médicos que ocuparán los referidos
cargos
II) que de acuerdo a
las normas reglamentarias vigentes al respecto, la Residencia Médica
deberá desempeñarse por un periodo de tres años, sujeto el primero, al
resultado del Concurso respectivo y los dos sucesivos a la reelección
anual a propuesta de la Comisión Técnica de Residencias Médicas
Hospitalarias
III) que la Comisión
de referencia dispuso comenzar el desempeño de los cargos concursados a
partir del 1° de abril de 2003 hasta el 31 de marzo del 2006
IV) lo informado por la
Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de
Salud del Estado
ATENTO: a lo
establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el
articulo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Desígnanse a
partir del 1° de abril de 2003, en el Inciso 12- Ministerio de Salud
Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas
3 (tres) ,cargos de Médico Residente en la Especialidad de Psiquiatría
Pediatrica en la Unidad Ejecutora 068 -Administración de los Servicios de
Salud del Estado (Programa 005 -Esc.A -G.08}, a las personas que se
detallan a continuación:
1) Doctora XANDRA CAROLINA MENEGHETfI
MIGLIORATA (C.I.3.062.755-5) (C.C. A.XB 31696) - Correlativo 801920)
2) Doctora MARÍA VERÓNICA BARCIA FREYRE -
(C.I.3.736.8~7 -5) (C.C. BJA 27278) -Correlativo 801921
3) Doctora ANDREA FABIANA ISSI ALBERTONI
(C.I.3.117.019-9} (C.C. ACB 10505) -Correlativo 801930
2°.- Dispónese que el
régimen horario a cumplir por dichos técnicos será entre 40 y 48 horas
semanales de labor
3°.- Póngase en
conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil a través de la
página Web por intermedio de la División de Recursos Humanos de la
Administración de los Servicios de Salud del Estado y la Contaduría
General de la Nación
4°.- Pase a sus
efectos a la Administración de los Servicios de Salud del Estado
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