| 
       11/04/03 
      09/04/03 – SE DESIGNAN MÉDICOS RESIDENTES
      EN A.S.S.E.
      
       
      VISTO: estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado para
      proveer 6 (seis) cargos de Médico Residente en la Especialidad de Traumatología y
      Ortopedia en la Unidad Ejecutora
      068-Administración de los Servicios de Salud del Estado
      
       
      CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que entendió en dicho Concurso
      determinó de acuerdo con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos
      que ocuparán los referidos cargos
      
       
      II) que de acuerdo a las
      normas reglamentarias vigentes al respecto,
      la Residencia Médica deberá desempeñarse por un periodo de tres años,
      sujeto el primero, al resultado
      del Concurso respectivo y los
      dos sucesivos a la
      reelección anual a propuesta
      de la Comisión Técnica de Residencias Médicas Hospitalarias
      
       
      III) que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
      cargos concursados a partir
      del 1° de abril de 2003 hasta el 31 de marzo del 2006; 
      
       
      IV)
      lo informado por la Gerencia de Recursos
      Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado
      
       
      ATENTO: a lo
      establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de
      abril
      de 1983 y el
      articulo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1°.- Desígnanse
      a partir
      del 1° de abril de 2003,
      en el Inciso 12-Ministerio de Salud Pública- para ocupar por Concurso de
      Pruebas 6 (seis) cargos de
      Médico Residente en la Especialidad de Traumatología y Ortopedia
      en la Unidad Ejecutora
      068-Administración de los Servicios de Salud del Estado (Programa 005-
      Esc. A- Gdo. 08), a las personas que se detallan a continuación: 
      
       
      1) Doctor GONZALO RAÚL ALVARIZA LUCCERO
      (C.I. 1.873.534-4) (C.C. BCC 3872) -Correlativo 801827.- 
      
       
      2) Doctor EMERSON KUCHARSKl SICALO (C.I.
      3.544.474-8) (C.C. JBE 5645) -Correlativo 801828.- 
      
       
      3) Doctor MARTÍN RUSSI SARRALDE
      (C.I.2.883.046-3) (C.C. CEA 26505) -Correlativo 801829 
      
       
      4) Doctora CAROLINA BEATRiz FREIRE CLMO (C.I.
      3.687.597-2) (C.C. PM 17225) -Correlativo 801830 
      
       
      5) Doctora LAURA RAQUEL DE LAS CARRERAS DÍAZ  (C.I. 3.279.766-3) (C.C. CDB 12450) -Correlativo 801832 
      
       
      6) Doctor DANIEL FRANCISCO ACEVEDO TOBLER  (C.I. 2.927.243-4) (C.C. DAB 8777) -Correlativo 801833.- 
      
       
      2°.- Dispónese
      que el régimen horario a cumplir por dichos técnicos será entre 40 y 48
      horas semanales de labor. 
      
       
      3°.- Póngase
      en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil a través de la
      página Web por intermedio de la División de Recursos Humanos de la
      Administración de los Servicios de Salud del Estado y la Contaduría
      General de la Nación 
      
       
      4°.- Comuníquese.
      Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado.-
        
       
      |