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       11/04/03 
      09/04/03
      – INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA EL S.O.D.R.E.
      
       
      VISTO: la
      gestión promovida por el Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión
      y Espectáculos (S.O.D.R.E.), en la que solicita exoneración de recargos
      y demás gravámenes que pudieran corresponder para la importación de
      diversos bienes.- 
      
       
      RESULTANDO: que
      los referidos bienes, procedentes de los Estados Unidos de América,
      serán destinados al mejoramiento de los servicios que el gestionante
      presta, en el ejercicio de su competencia.- 
      
       
      CONSIDERANDO: I) que
      el articulo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, declara
      que el Estado, los Organismos comprendidos en el articulo 220° de la
      Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan de
      inmunidad impositiva tanto nacional como departamental, por los bienes y
      actividades no comerciales ni industriales.- 
      
       
      II) que
      el Ministerio de Industria, Energía y Mineria informa que no existe
      producción nacional sustitutiva de los bienes a importar.- 
      
       
      ATENTO: a
      lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del
      Ministerio de Economía y Finanzas.- 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1°) Declárase
      que los bienes que se detallan a continuación, a importar por el Servicio
      Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos (S.O.D.R.E.), dado
      su destino, se encuentran incluidos en el régimen de inmunidad impositiva
      referido en el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de
      1991: un vatímetro de radiofrecuencia portátil con impedancia de línea
      50 OHMS con varios rangos de frecuencia y potencia, incluyendo vatímetro
      RF direccional, elemento 2-30 Mhz, 50 W, elemento 2-30 Mhz, 100 W,
      elemento 400-1000 Mhz, 25W, elemento 950-1300 Mhz, 25W, elemento 50-125
      Mhz, 5000W, dos "terminating RF load resistor Dummy load" ,
      100W, "replacement meter" para 81000-A y 2 dos
      "replacements", por un precio total CIF/Montevideo de U$S
      2.215,92 (dos mil doscientos quince dólares de los Estados Unidos de
      América con 92/100) - 
      
       
      2°) La
      referida importación se encuentra exonerada del pago de la Tasa Global
      Arancelaria, del Impuesto al
      Valor Agregado, de las Tasas Consulares, de la Comisión sobre
      Importaciones, de la Tasa de Servicios Extraordinarios, de la Tasa de
      Servicios Automatizados y del Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social.- 
      
       
      3°) Comuníquese
      y archívese.- 
       
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