11/04/03

09/04/03 – SE APRUEBAN PROYECTOS DE PRÉSTAMO CON EL BANCO INTERAMERICANO DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO

VISTO: los proyectos de Contratos de Préstamo a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (B.I.R.F.), destinados a financiar parcialmente un Programa de Ajuste Estructural y un Programa Especial de Ajuste Estructural para Servicios Públicos y Sectores Sociales;

RESULTANDO: que el Directorio Ejecutivo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento aprobó los Préstamos de Ajuste Estructural y Especial de Ajuste Estructural sobre Servicios Públicos y Sectores Sociales, con fecha 8 de abril de 2003, por un monto de U$S 151.520.000 (ciento cincuenta y un millones quinientos veinte mil dólares de los Estados Unidos de América) y U$S 10 1.020.000 (ciento un millones veinte mil dólares de los Estados Unidos de América) respectivamente.

CONSIDERANDO: que corresponde aprobar los respectivos Contratos de Préstamo, que serán suscritos en representación del país por el Sr. Representante Financiero de la República ante los Gobiernos de los Estados Unidos de América y Canadá, Ec. Carlos Sténeri;

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 145° de la Ley N° 15.851, .de 24 de diciembre

de 1986 y por el Decreto N° 586/993, de 27 de diciembre de 1993.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Apruébanse los proyectos de los Préstamos de Ajuste Estructural y Especial de Ajuste Estructural sobre Servicios Públicos y Sectores Sociales, por un monto de U$S 151.520.000 (ciento cincuenta y un millones quinientos veinte mil dólares de los Estados Unidos de América) y U$S 101.020.600 (ciento un millones veinte mil dólares de los Estados Unidos de América) respectivamente, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (B.I.R.F.), cuyos textos forman parte de la presente resolución.

2°) Los referidos contratos serán otorgados y suscritos, en nombre y representación del país, por el Sr. Representante Financiero de la República ante los Gobiernos de los Estados Unidos de América y Canadá, Ec. Carlos Sténeri.

3°) Desígnase al Dr. Pedro Silva como Asesor Legal para que expida, por la República Oriental del Uruguay, los dictámenes jurídicos correspondientes a dichos Contratos.

4°) Dése cuenta a la Asamblea General.

5°) Comuníquese, etc.-