11/04/03
09/04/03 – SE APRUEBAN PROYECTOS DE
PRÉSTAMO CON EL BANCO INTERAMERICANO DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO
VISTO: los proyectos
de Contratos de Préstamo a celebrarse entre la República Oriental del
Uruguay y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (B.I.R.F.),
destinados a financiar parcialmente un Programa de Ajuste Estructural
y un Programa Especial de Ajuste Estructural para Servicios Públicos y
Sectores Sociales;
RESULTANDO: que el
Directorio Ejecutivo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento
aprobó los Préstamos de Ajuste Estructural y Especial de Ajuste
Estructural sobre Servicios Públicos y Sectores Sociales, con fecha 8 de
abril de 2003, por un monto de U$S 151.520.000 (ciento cincuenta y un
millones quinientos veinte mil dólares de los Estados Unidos de América)
y U$S 10 1.020.000 (ciento un millones veinte mil dólares de los Estados
Unidos de América) respectivamente.
CONSIDERANDO: que
corresponde aprobar los respectivos Contratos de Préstamo, que serán
suscritos en representación del país por el Sr. Representante Financiero
de la República ante los Gobiernos de los Estados Unidos de América y
Canadá, Ec. Carlos Sténeri;
ATENTO: a lo
dispuesto por el artículo 145° de la Ley N° 15.851, .de 24 de diciembre
de 1986 y por el Decreto N° 586/993, de 27
de diciembre de 1993.
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Apruébanse los
proyectos de los Préstamos de Ajuste Estructural y Especial de Ajuste
Estructural sobre Servicios Públicos y Sectores Sociales, por un monto de
U$S 151.520.000 (ciento cincuenta y un millones quinientos veinte mil
dólares de los Estados Unidos de América) y U$S 101.020.600 (ciento un
millones veinte mil dólares de los Estados Unidos de América)
respectivamente, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y
el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (B.I.R.F.), cuyos
textos forman parte de la presente resolución.
2°) Los referidos
contratos serán otorgados y suscritos, en nombre y representación del
país, por el Sr. Representante Financiero de la República ante los
Gobiernos de los Estados Unidos de América y Canadá, Ec. Carlos
Sténeri.
3°) Desígnase al
Dr. Pedro Silva como Asesor Legal para que expida, por la República
Oriental del Uruguay, los dictámenes jurídicos correspondientes a dichos
Contratos.
4°) Dése cuenta a
la Asamblea General.
5°) Comuníquese,
etc.-
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