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22/04/03
– AUTORIZACIÓN PARA COMPRA DIRECTA DE DIEZ EQUIPOS RINO 120 PARA LA
DIRECCIÓN GENERAL DE REPRESIÓN DEL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS
VISTO:
la necesidad de adquirir en forma directa equipamiento de integración
GPS/RADIO con destino ala Dirección General de Represión del Tráfico
Ilícito de Drogas, RESULTANDO:
I) que de acuerdo a lo informado por la citada Unidad Ejecutora, los
equipos RlNO 120 que cuentan con un equipamiento configurado por Global
Position System (GPS) integrados a un handy para uso de seguridad y
policiales que por sus especificaciones técnicas, son de especial
utilidad
II)
que para cubrir su demanda logística, se sugirió la adquisición de diez
equipos.
III)
que la firma "Fablet & Bertoni S.A. ofreció los mencionados
equipos al precio unitario de U$S 335 (dólares americanos trescientos
treinta y cinco) CIF Montevideo, lo que hace un total de U$S 3.350
(dólares americanos tres mil trescientos cincuenta) CIF Montevideo, los
mismos cuentan con cartografía uruguaya exclusiva para el Ministerio,
curso de capacitación totalmente gratis y garantía integral de un año.
IV)
que la referida erogación se atenderá con cargo al Inciso 04, Unidad
Ejecutora 001, Programa 001, Proyecto 701, Objeto del Gasto 3.2.2.
CONSIDERANDO:
que las
particularidades del material a adquirir, justifican la modalidad de la
adquisición por compra directa al amparo de lo
dispuesto por el artÍculo 33 numeral 3° literal h) del Decreto N°
194/997 de 10 de junio de 1997 (TOCAF,1996}
ATENTO:
a lo expuesto.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º)
AUTORIZASE la compra directa de diez equipos RINO 120 por el precio
unitario de U$S 335 (dólares americanos trescientos treinta y cinco) CIF
Montevideo, lo que hace un total de U$S 3.350 ( dólares americanos tres
mil trescientos cincuenta) CIF Montevideo, a la firma "Fablet &
Bertoni S.A.", con destino a la Dirección General de Represión del
Tráfico Ilícito de Drogas.
2°)
Que la referida erogación se atenderá con cargo al Inciso 04, Unidad
Ejecutora 001, Programa 001, Proyecto 701, Objeto del Gasto 3.2.2.
3°)
REMITASE copia a la Auditoría Delegada del Tribunal de Cuentas de la
República y pase al Departamento de Contaduría Central para que por
intermedio de su Sección Importaciones realice los trámites pertinentes.
Por vía separada, gestiónese la exoneración tributaria que preceptúa
el artículo 463 de la Ley N° 16.226 de 29 de setiembre de 1991.
4°)
PASE al Departamento de
Proveeduría a sus efectos. Oportunamente, archívese
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