23/04/03    

22/04/03 - SE AUTORIZA TRANSFERENCIA DE PERMISO DE TELEVISIÓN PARA ABONADOS

VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), por la cual los señores Francisco Anselmo Buffa Lainatti y Juan Gabriel Nicolleau Igoa, en representación de la empresa "ANZOMAR S.A.", solicitan la transferencia de los permisos de televisión para abonados cuyo titular es la señora Sara Soledad Cabrera Martínez, a favor de la mencionada empresa.-

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 954/992 de 24 de noviembre de 1992, se autorizó a la referida señora, a suministrar el servicio de televisión por «cable» en las localidades de Cardona y Florencio Sánchez, de los departamentos de Soriano y Colonia respectivamente.-

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo de 1998, se autorizó a la señora Sara Soledad Cabrera Martínez, a comercializar el servicio por el sistema «cable» en las localidades de Santa Catalina y Miguelete y por e! sistema «TDH» en las localidades de Egaña, Miguelete, Risso, Santa Catalina y zonas rurales de los departamentos de Soriano y Colonia y por la Resolución del Poder Ejecutivo 382/999 de 26 de mayo de 1999 se le autorizó a suministrar el servicio de televisión para abonados por el sistema «MMDS» y operar en las ciudades de Cardona y Florencio Sánchez de los departamentos de Soriano y Colonia respectivamente.-

CONSIDERANDO: I) que los señores Juan Nicolleau, José Trullén y Francisco Buffa, han cumplido con los requisitos y exigencias personales que establece el Decreto 349/990 de 7 de agosto de 1990, en la redacción sustitutiva dada por los Decretos 125/993 de 12 de marzo de 1993 y 400/000 de 29 de diciembre de 2000, en tanto que la señora Sara Soledad Cabrera Martínez al ser permisionaria del servicio, también ha acreditado dichos requisitos.-

II) que se ha acreditado en obrados el negocio jurídico por el cual se transfiere el permiso de referencia, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto por el Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990.-

III) que ha transcurrido el plazo reglamentario de cinco años, establecido por el artículo 19 del Decreto 349/990 citado, para que se puedan hacer modificaciones en la titularidad de las autorizaciones del servicio de televisión para abonados.-

IV) que se ha acreditado estar al día con sus obligaciones tributarias ante la Dirección General Impositiva y con sus aportes al Banco de Previsión Social, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 347/992 de 21 de julio de 1992.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto 349/990 de 7 de agosto de 1990, en la redacción sustitutiva dada por los Decretos 125/993 de 12 de marzo de 1993 y 400/000 de 29 de diciembre de 2000, Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990, Ley 17296 de 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y por la Asesoría Letrada de la misma.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1ro.- Autorízase a la señora Sara Soledad Cabrera Martínez, a transferir el permiso de televisión para abonados, compuesto por el sistema «cable» en las localidades de Cardona y Florencio Sánchez, una planta emisora por el sistema MMDS (servicio de distribución multiseñal, multipunto), a operar desde las mismas localidades y la comercialización del sistema TDH (televisión satelital directa al hogar) en las localidades de Egaña, Miguelete, Risso, Santa Catalina y las zonas rurales de los departamentos de Soriano y Colonia, a favor de la. empresa " ANZOMAR S.A.".-

2do.- Determínase que la empresa "ANZOMAR S.A.", quedará integrada por los señores Juan Gabriel Nicolleau Igoa, José Antonio Trullén Chequi, Francisco Anselmo Buffa Lainatti y por la señora Sara Soledad Cabrera Martínez.-

3ro.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos Cumplido, archívese.-