24/04/03    

23/04/03 – INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

VISTO: la gestión promovida por la Intendencia Municipal de Montevideo, en la que solicita exoneración de recargos y demás gravámenes que pudieran corresponder para la importación de un sistema de espectrofotometría ultravioleta -visible AGILENT completo y sus componentes.-

RESULTANDO: que el equipo de referencia será destinado al Servicio de Regulación Alimentaria de la Intendencia Municipal gestionante.-

CONSIDERANDO: que el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, declara que el Estado, los Organismos comprendidos en el artículo 220° de la Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan de inmunidad impositiva tanto nacional como departamental, por los bienes y actividades no comerciales ni industriales.-

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°) Declárase que el sistema de espectrofotometría ultravioleta -visible AGILENT, modelo VALUE-UV de la serie HP 8453, cat. G1812A completo, compuesto por: un espectrofotómetro AGILENT modelo 8453, un software operativo para espectrofotometría AGILENT modelo General Purpose UV-Visible ChemStation (G1115A) , una computadora personal HEWLETT-PACKARD Modelo Vectra VL400 SF, una impresora HEWLETT- PACKARD, modelo DeskJet 840C, celdas de cuarzo de 10 mm de camino óptico x 3.5 mI de capacidad, cat.5061- 3387 y celda de vidrio de 10 mm de camino óptico x 3.5 mI de capacidad, cat. 5063-6549 por un valor total CIF/Montevideo de U$S 13.020,00 (trece mil veinte dólares de los Estados Unidos de América), a importar por la Intendencia Municipal de Montevideo, dado su destino, se encuentra incluido en el régimen de inmunidad impositiva referido en el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.-

2°) La presente importación se encuentra exonerada de los siguientes tributos: Tasa Global Arancelaria, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares, Comisión sobre Importaciones, Tasa de Servicios Extraordinarios, Tasa de Servicios Automatizados e Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social.-

3°)Comuníquese, notifíquese y archívese.-