25/04/03
24/04/03
– SE MANTIENE RESOLUCIÓN QUE ADJUDICA LICITACIÓN PÚBLICA N° 20/2001
VISTO:
los recursos de
revocación y jerárquico en subsidio interpuestos por los Laboratorios
Icu Vita, Haymann S.A., Celsius S.A. y
Llbra
S.A.;
RESULTANDO:
I) que los mismos se
presentan contra la Resolución del Poder Ejecutivo de 30 de enero de 2002
(Interna No. 5/2002), por la que se dispuso adjudicar el Primer Llamado a
Licitación Pública N° 40/2001 "Suministro de Medicamentos de Uso
Hospitalario y de Asistencia Integral para las distintas Unidades
Ejecutoras de la Administración de los Servicios de Salud del Estado de
Montevideo e Interior", Periódica, Plaza, de fecha 3 de setiembre de
2001, por el periodo de 1° de enero a 31 de diciembre de 2002;
II)
que los recurrentes se agravian manifestando que la decisión recurrida se
aparta de la normativa vigente y de fundamentación médica y/o
científica;
CONSIDERANDO:
I) que en todos los
casos la adjudicación se realizó en base al informe elaborado por la
Comisión Asesora de Adjudicaciones, la que actuó en ejercicio de las
potestades de la Administración, teniendo en cuenta el crédito
disponible;
II)
que la División Jurídico-Notarial del Ministerio de Salud Pública,
comparte lo expresado por dicha Comisión Asesora;
III)
que la resolución adoptada fue dictada conforme a derecho, no existiendo
razones que modifiquen la misma, por lo que corresponde confirmar el acto
recurrido;
ATENTO:
a lo establecido en el
artículo 317 de la Constitución de la
República;
PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA
R
E S U E L V E:
1°.-
Mantiénese la resolución del Poder Ejecutivo de 30 de enero de 2002
(Interna No, 5/2002), por la que se dispuso adjudicar el Primer Llamado a
Licitación Pública N° 40/2001 "Suministro de Medicamentos de Uso
Hospitalario y de Asistencia Integral para las distintas Unidades
Ejecutoras de la Administración de los Servicios de Salud del Estado de
Montevideo e Interior", Periódica, Plaza, de fecha 3 de setiembre de
2001, por período de 1° de enero a 31 de diciembre de 2002;
2°.-
Notifíquese.
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