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24/04/03 – CONTRATACIÓN DE PASANTES EN EL M.T.S.S.

VISTO: El convenio celebrado entre esta Secretaría de Estado y la Universidad de la República (Facultad de Derecho), con fecha 15 de octubre de 1990, por lo que se establece un régimen de pasantía para estudiantes y egresados.

RESULTANDO: I) Que las condiciones de contratación surgen de los referidos instrumentos; así como el contrato de pasantía que se, suscribió entre las partes y por un plazo de un año, eventualmente renovable por un año más.

II) Que la remuneración mensual será de $ 4.573.-

(pesos uruguayos cuatro mil quinientos setenta y tres), la que se ajustará según los incrementos salariales que se otorgue a la Administración Central y no tendrán derecho a ninguna otra retribución, compensación y/o proventos de especie alguna.-

III) Que Io dispuesto en el Artículo 623 de la Ley - N° 17.296 de fecha 21 de febrero de 2001 establece que el plazo de los contratos será de doce meses incluida la licencia anual, prorrogable por hasta otro año más. Será causal de rescisión del contrato haber incurrido en cinco o más faltas injustificadas por año.

CONSIDERANDO: Que tales efectos es procedente dictar el acto administrativo pertinente.-

ATENTO: A lo expuesto precedentemente y a Io informado por la Comisión Asesora creada por el Artículo 10 del Decreto 158/002 de 30 de abril de 2002 (fs. 126, 126 vta, 127, 127 vta. y 128) y Oficina Sectorial del Servicio Civil (fs. 124).

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1º) DISPONESE la contratación en régimen de pasantía a la siguientes egresados de la  Universidad de la República, (Facultad de Derecho), para desempeñar tareas en el Ministerio de trabajo y Seguridad Social:

Dr. HUGO E. LAVECCHIA PEREZ C.I.  3.592.905-9

Dra. CAROLINA RODRIGUEZ GOMEZ C.I.  3.010.210-3

Dr. LEONARDO MELOS VAZQUEZ C.I.  3.049.855-6

Dr(l. MARIA PAZ WILSON CHANS C.I.  3.727. 431-9

Dra. NATALIE RYAN CARVALHO C.I. 1.853.442-1

Dra. MARA CECILlA LOPEZ LOPEZ C.I. 1.785.784-4

Dra. VALENTINA EGOROV REGUEIRO C.I.  3.699,168-9

Dra. CAROLINA L. CERRUDO QUIROGA C.I.  3.016. 185-4

Dra. MARIA M. ARNAIZ CALCATERRA C.I. 3.325.609-4

Dra. LORENA ACEVEDO PEREIRA C.I.  2.603.680-1

Dra. SILVIA I. ESCANELLAS FONTELA C.I. 1.868.609-0

Dra. FLAVIA I ROMANO GONZALEZ  C.I.  1.913.532-1

Dra. SILVANA GOLINO MASULLO C.I.  1.882.082-3

Dra. NATALIA COLUTUZZO PARRILLO C.I.  2.903.554-3

2) El  plazo del contrato será de un año a partir de la celebración de los mismos.-

3)SE establece una remuneración mensual $ 4.573.- (pesos uruguayos cuatro mil quinientos setenta y tres), la que se ajustará en los porcentajes de incrementos que se otorguen a Ios funcionarios de la Administración Central. Que lo dispuesto en el Artículo 623 de la ley N° 17.296 de fecha 21  de febrero de 2001 establece que el plazo de los contratos serán de doce meses incluida la licencia anual, prorrogable por hasta otro año más. Será causal de cisión del contrato haber incurrido en cinco o más faltas injustificadas por año.

4) LAS erogaciones resultantes se atenderán con cargo al Programa 002, Financiación 1.1, Objeto del Gasto 057.000.

5) COMUNÍQUESE, y pase a sus efectos a las Divisiones Recursos Humanos y Financiero Contable.-