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29/04/03 – DESIGNACIONES PARA OCUPAR CINCO CARGO DE MÉDICO RESIDENTE EN LA ESPECIALIDAD DE IMAGENOLOGÍA

VISTO: estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado para proveer 5 (cinco) cargos de Médico Residente en la Especialidad de Imagenología en la Unidad Ejecutora 068- Administración de los Servicios de Salud del Estado; 

CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos que ocuparán los referidos cargos;

II) que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un periodo de tres años, sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de Residencias Médicas hospitalarias;

III) que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los cargos concursados a partir del 1° de abril de 2003 hasta el 31 de marzo del 2006;

IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado;

ATENTO: a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Desígnanse a partir del 1° de abril de 2003, en el Inciso 12- Ministerio de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas 5 (cinco) cargos de Médico Residente en la Especialidad de lmagenología en la Unidad Ejecutora 068 - Administración de los Servicios de Salud del Estado (Programa 005- Esc. A- Gdo. 08), a las personas que se detallan a continuación:

1) Doctora ANA LAURA TOURREILLES LÓPEZ (C.I. 2.854.810-5) (C.C. PM 17295) -Correlativo 801970

2) Doctora MARIA FERNANDA VIERA BESIO (C.I. 2.814.716-9) (C.C. CBA 28527) -Correlativo 801980

3) Doctora ROSANA JANET BARBOZA VELAZQUEZ (C.I. 1.870.427-2) (C.C. BCB 43314) -Correlativo 801990

4) Doctora GABRIELA TERESA MÉNDEZ CONDE (C.I. 1.857.437 -6) (C.C. BMB 28075) -Correlativo 802000

5) Doctor VÍCTOR LEONARDO RAYMONDO IGUNE (C.I. 3.297.431-8) (C.C. BDD 6466) -Correlativo  801960.

2°.- Dispónese que el régimen horario a cumplir por dichos técnicos será entre 40 y 48 horas semanales de labor.

3°.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil a través de la página Web por intermedio de la División de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado y la Contaduría General de la Nación.

4º.- Comuníquese. Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del Estado.