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       30/04/03    
      
       
      29/04/03 – DESIGNACIONES PARA ONCE CARGOS DE MÉDICO
      RESIDENTE EN LA ESPECIALIDAD DE CIRUGÍA 
      
       
      VISTO: estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas
      realizado para proveer 11 (once) cargos de Médico Residente en la
      Especialidad de Cirugía en la Unidad Ejecutora 068- Administración de
      los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que entendió en dicho Concurso
      determinó de acuerdo con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos
      que ocuparán los referidos cargos; 
      
       
      II) que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes
      al respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un periodo de
      tres años, sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los
      dos sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica
      de Residencias Médicas Hospitalarias; 
      
       
      III) que la Comisión de referencia dispuso comenzar el
      desempeño de los cargos concursados a partir del 1° de abril de 2003
      hasta el 31 de marzo del 2006; 
      
       
      IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de
      la Administración de los Servicios de Salud del Estado; 
      
       
      ATENTO: a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de
      abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre
      de 1990; 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
      
       
      RESUELVE: 
      
       
      1°.- Desígnanse a partir del 1° de abril de 2003, en el Inciso
      12- Ministerio de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas 11
      (once) cargos de Médico Residente en la Especialidad de Cirugía en la
      Unidad Ejecutora 068 - Administración
      de los Servicios de Salud del, Estado (Programa 005- Esc. A- Gdo. 08), a
      las personas que se detallan a continuación: 
      
       
      1) Doctor EDUARDO LUIS BELDERRAIN MARMO (C.I.
      2.573.899-3) (C.C. SBA 24700) -Correlativo 801894 
      
       
      2) Doctor MAURO GUSTAVO SÁNCHEZ GARCÍA (C.I.
      3.690.763-6) (C.C. GDA 15350) -Correlativo 801845 
      
       
      3) Doctor JOAQUÍN BADO BAYCE -(C.I. 1.884.963-0) (C.C.
      AVA 24567) -Correlativo 801895 
      
       
      4) Doctor MARTÍN BORGES PELAGGIO -(C.I. 2.590.618-8)
      (C.C. OBA 6352) -Correlativo 801840
      
       
      5) Doctor RAÚL RODRIGO PERNA TORRES (C.I 1.869.630-0)
      (C.C. JAC 6499) -Correlativo 801844- 
      
       
      6) Doctora ANDREA FERNANDA CASTILLO CAMACHO (C.I.
      3.266.636- 7) (C.C. APB 10462) -Correlativo 801902 
      
       
      7) Doctor CAMILO HERBERTO VIÑOLES OLlD (C.I.
      3.633.964-7) (C.C. GAB 8225) -Correlativo 801846 
      
       
      8) Doctor GUSTAVO JORGE ARMAND-UGON BIGI (C.I.
      3.198.983-7) (C.C. BCB 43141) Correlativo 801915 
      
       
      9) Doctor SANTIAGO PIÑEIRO GUERRA (C.I. 1.964.092-6)
      (C.C. BCD 4672) -Correlativo 801898 
      
       
      10) Doctor PEDRO HORACIO COLOMBO LATORRACA (C.I.
      3.145.626-2) (C.C. QAA 43092) –Correlativo 801900 
      11) Doctor DIEGO EDUARDO LEAL LLOPART (C.I.
      2.582.431-6) (C.C. AXB 32120) Correlativo 801899.
      
       
      2°.- Dispónese que el régimen horario a cumplir por dichos
      técnicos será entre 40 y 48 horas semanales de labor.
      
       
      3°.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio
      Civil a través de la página Web por intermedio de la División de
      Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del
      Estado y la Contaduría General de la Nación.
      
       
      4°.- Comuníquese. Pase a sus efectos a la Administración de los
      Servicios de Salud del Estado.  
        
       
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