30/04/03    

29/04/03 – DESIGNACIONES PARA OCUPAR CINCO CARGOS DE MÉDICO RESIDENTE EN LA ESPECIALIDAD DE ANESTESIOLOGÍA

VISTO: estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado para proveer 5 (cinco) cargos de Médico Residente en la Especialidad de Anestesiología en la Unidad Ejecutora 068- Administración de los Servicios de Salud del Estado; 

CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos que ocuparán los referidos cargos;

II) que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un periodo de tres años, sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de Residencias Médicas Hospitalarias;

III) que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los cargos concursados a partir del 1° de abril de 2003 hasta el 31 de marzo del 2006;

IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado;

ATENTO: a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Desígnanse a partir del 1° de abril de 2003, en el Inciso 12- Ministerio de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas 5 (cinco) cargos de Médico Residente en la Especialidad de Anestesiología en la Unidad Ejecutora 068 - Administración de los Servicios de Salud del Estado (Programa 005- Esc. A- Gdo. 08), a las personas que se detallan a continuación:

1) Doctor DIEGO RAMOS MARTÍNEZ (C.I. 1.779.562-0) (C.C. AXB 28503) -Correlativo 802205

2) Doctora CLAUDIA PATRICIA MENDIETA LEZCANO {C.I. 1.928.514-6) (C.C. ANB 12587) -Correlativo 802050

3) Doctor JUAN PABLO BOUCHACOURT MANTA (C.I. 4.025.145-3) (C.C. HBA 24681) -Correlativo 802040

4) Doctor NÉSTOR GASPAR RIVERO FLORES (C.I. 3.871.199-0) (C.C. ARA 19465) -Correlativo 802020

5) Doctora MARIESTELA CABRERA PEREIRA (C.I. 3.349.515-9) (C.C. ATB 12371) -Correlativo 802030.

2°.- Dispónese que el régimen horario a cumplir por dichos técnicos será entre 40 y 48 horas semanales de labor.

3°.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil a través de la página Web por intermedio de la División de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado y la Contaduría General de la Nación.

4°.- Comuníquese. Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del Estado.