07/05/03
06/05/03 – SE REVOCA
LA AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA MERCEDES MUNDO VISIÓN S.R.L. PARA
SUMINISTRAR EL SERVICIO DE TELEVISIÓN PARA ABONADOS EN PUEBLO PALMAR
VISTO: la gestión
promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, por la
cual solícita se le revoque a la empresa "Mercedes Mundo Visión
S.R.L.", la autorización otorgada por la Resolución del Poder
Ejecutivo 543/ 992 de 2 de junio de 1992.-
RESULTANDO: que por
la mencionada Resolución, se autorizó a dicha empresa, a suministrar el
Servicio de Televisión para Abonados en la localidad Pueblo Palmar, del
departamento de Soriano.-
CONSIDERANDO: I) que
la referida permisionaria mantiene una deuda con la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones que asciende a la suma de U$S 7.404,00
(dólares americanos siete mil cuatrocientos cuatro con 00/100) al 5 de
junio de 2001, cifra que se retrotrae al año 1996.-
II) que pese a las
múltiples gestiones realizadas, refinanciaciones y facilidades de pago
concedidas y al tiempo transcurrido, «Mercedes Mundo Visión SR.L», ha
incumplido todas las obligaciones contraídas.-
III) que por la Resolución
de la referida Unidad Reguladora 93/01 de 23 de agosto de 2001, se intimó
el pago de esa suma, más multas y recargos por concepto de utilización
de frecuencias radioeléctricas, con plazo de diez días, bajo
apercibimiento de revocar el servicio e iniciar las acciones judiciales.-
ATENTO: a lo
expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley 17.296 del 21 de
febrero de 2001, Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977, Decreto 349/90
de 7 de agosto de 1990, a lo informado por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones y dictaminado por la Asesoría Letrada de la
misma-
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Revócase la
autorización otorgada a la empresa "Mercedes Mundo Visión
S.R.L", para suministrar el servicio de Televisión para Abonados, en
la localidad Pueblo Palmar del departamento de Soriano, debido a
incumplimientos reiterados en el pago de los adeudos que mantiene con la
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, sin perjuicio de
proceder a la ejecución judicial por los montos respectivos.-
2do.- Facúltese a
la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a realizar un llamado
público a interesados en prestar el Servicio de Televisión para Abonados
en dicha localidad.-
3ro.- Comuníquese,
publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones,
a sus efectos. Cumplido, archívese.
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