06/05/03
07/05/03
– SE PRORROGA CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN DE DEPÓSITO EN EL PUERTO DE
MONTEVIDEO A RILCOMAR S.A.
VISTO:
la
solicitud formulada ante la Administración Nacional de Puertos por parte
de la firma RILCOMAR S.A., a
fin de prorrogar el permiso de
explotación del Depósito N°2 del Puerto de Montevideo
RESULTANDO:
I) Que
dicha firma usufructúa el espacio precitado según autorización otorgada
por el Poder Ejecutivo el 23
de diciembre de 1997, derivado
del llamado a Licitación
Pública N° III/97 formulado por dicha Administración
II)
Que
por Resolución de Directorio N°634/3.268 de 18
de diciembre de 2002, la citada
Administración resolvió otorgar supeditado a la aprobación del Poder
Ejecutivo, la prórroga de concesión del Depósito en cuestión y en
las nuevas condiciones que allí se indican
III)
Que
han tomado intervención al respecto en la órbita del Ministerio de
Transporte y
Obras Públicas, la Asesoría
Técnica en Asuntos Portuarios y su Departamento Letrada, expidiéndose esas oficinas favorablemente al
requerimiento de tal Administración, para que se apruebe estos autos por
parte del Poder Ejecutivo
IV)
Que
asimismo existe intervención del Tribunal de Cuentas de
la República (Oficina Central
-Carpeta N°176.233)
ATENTO:
a
lo establecido en la Ley N°16.246
de 8 de abril de 1992 (Ley de
Puertos) y su
Decreto Reglamentario N°412/992 de 1° de setiembre
de 1992
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Apruébase la prórroga de
concesión para la explotación del Depósito N°2 del
Puerto de Montevideo por parte de la
firma RILCOMAR S.A., según Resolución del Directorio de la
Administración Nacional de Puertos
N°634/3.268 de 18 de diciembre
de 2002, en las
condiciones que rigieron el llamado
original y en los términos económicos y
plazo que se indican en la precitada resolución
2°.-
Comuníquese y vuelva
a la referida Administración, a sus efectos.-
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