06/05/03
07/05/03
– SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EN M.T.O.P. Y EL CLUB DEPORTIVO LA PALOMA
VISTO:
el
Convenio celebrado el 27 de marzo de 2003, entre El Ministerio de
Transporte y Obras Públicas y el Club Deportivo La Paloma, de La Paloma,
Departamento de Rocha
RESULTANDO:
I) que
el citado Ministerio contribuye para realizar la primera etapa de
ampliación en planta baja, sector social y pintura de mural en fachada,
con la suma de $70.000.- en efectivo
II)
Que
dicha Institución, por su parte, contribuye con la suma de $63.400.-
discriminada en el Convenio
III)
Que
la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención
previa que les compete
CONSIDERANDO:
conveniente
aprobar dicho Convenio
ATENTO:
A
lo precedentemente expuesto
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Apruébase,
en todas Sus partes, el Convenio celebrado el 27 de marzo de 2003, entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el CIub Deportivo La
Paloma, de La Paloma, Departamento de Rocha, para realizar la primera
etapa de ampliación en planta baja, sector social y pintura de mural en
fachada
2°.-
Autorizase,
la inversión de la suma de $70.000.- (pesos uruguayos setenta mil), como contribución del
citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con
cargo a la ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001,
Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2003, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha
3 de febrero de 1999, afectación N° 115, y con el decreto 90/000 de 3 de
marzo de 2000
3°.-
Autorizase
el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de
$70.000.- (pesos uruguayos setenta mil), en 1 (una) cuota, para ser
cobrada en la División Tesorería, en el cuarto piso de esta Secretaría
de Estado, las personas autorizadas a cobrarla son los Señores: Pablo
Scaffo con Cédula de Identidad N°3.197.388-0 y Eduardo Temboni con
Cédula de Identidad N°3.288.280-0, la que se atenderá con cargo a los
recursos que por Ia presente Resolución se autorizan
4°.-
Comuníquese
y previa intervención por parte de la División Contabilidad y
Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el
Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus
efectos.-
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