14/05/03
13/05/03 –
AUTORIZACIÓN PARA LA ESCRITURACIÓN A FAVOR DEL COMANDO GENERAL DE LA
ARMADA-PREFECTURA NACIONAL NAVAL
VISTO: la gestión
promovida por el Comando General de la Armada para el otorgamiento de la
escritura traslativa de dominio respecto del padrón 3954(p) fracción b
de acuerdo al plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Leopoldo
Weinberger, de setiembre de 2000-
RESULTANDO: I) que
la citada fracción que consta de una superficie de cuatrocientos
cincuenta y dos metros cuadrados con cincuenta y cinco decí- metros
cuadrados (452m2, 55dm2) en el plano antes indicado. el cual ha sido
aprobado por la Intendencia Municipal de Canelones el 31 de octubre de
2001 e inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada
de Pando, con el número 10680 el 5 de julio de 2002, ha sido ocupada y
cercada por la Prefectura Nacional de la Floresta, habiéndose ejercido
actos de dominio por más de 50 años a vista y paciencia de los vecinos
de la zona.-
II) que según titulo de
compraventa y modo tradición, la señora Giuliana Nobili, casada en
únicas nupcias con Joaquín Rial, adquirió de Balneario La Floresta
Sociedad Anónima, la propiedad y posesión plena del solar de terreno
baldío, conocido como "Cañadón de Prefectura". de la
vigésima tercera Sección Judicial, Paraje Balneario La Floresta, zona
urbana, padrón 3954, con una superficie de 2196,98 metros cuadrados,
según escritura que el 13 de agosto de 1994 autorizó el Escribano Mario
César Telechea De Armas, cuya primera copia se inscribió en el Registro
Local de Traslaciones de Dominio de Pando con el número 3261. folio 4108
del libro 116.-
III) que por escritura que
el 27 de setiembre de 1997, autorizó el citado Escribano, se ratificó y
rectificó la escritura relacionada en el numeral anterior especialmente
en cuanto a la denominación correcta de la parte enajenante como
"Balnearios de La Floresta Sociedad Anónima, (en
liquidación)". La primera copia de dicha escritura se inscribió en
el Registro respectivo con el número 9389 año 1997.-
IV) que según Convenio
Transaccional homologado ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de
tercer turno de Pando, en autos caratulaldos "Parisi y otros contra/
Balneario La Floresta S.A. y otros, Daños y Perjuicios" Ficha
1135/97 las partes acuerdan escriturar a favor del Ministerio de Defensa
Nacional (Prefectura Nacional Naval), la fracción de referencia.-
CONSIDERANDO: I) que
es necesario se de cumplimiento a lo establecido en el citado Convenio
homologado judicialmente.-
II) que se dio
intervención previa al Tribunal de Cuentas de la República.-
III) que se deberá
designar representante del Ministerio de Defensa Nacional-Comando General
de la Armada, para la firma de la documentación respectiva.-
ATENTO: a lo
precedentemente expuesto y a lo informado por la Asesoría Notarial del
Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Autorízase la
escrituración a favor del Comando General de la Armada-Prefectura
Nacional Naval, del padrón 3954(p) fracción b de acuerdo al plano de
mensura del Ingeniero Agrimensor Leopoldo Weinberger, de setiembre de 2000
el cual ha sido aprobado por la Intendencia Municipal de Canelones el 31
de octubre de 2001 e inscripto en la Dirección Nacional de Catastro,
Oficina Delegada de Pando, con el número 10680, que consta de una
superficie de cuatrocientos cincuenta y dos metros cuadrados con cincuenta
y cinco decímetros cuadrados (452m2,55dm2), de acuerdo a lo establecido
en el Convenio Transaccional homologado en sede judicial.-
2do.- Designase
representante del Ministerio de Nacional- Comando General de la Armada,
para la firma de la documentación respectiva, al señor Jefe de la
Circunscripción del Río de la Plata.-
3ro.- Publíquese,
comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República y, luego de efectuada
la enajenación, a la Escribanía de Gobierno y Hacienda y pase al Comando
General de la Armada a sus efectos. Oportunamente, archívese.-
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