14/05/03    

13/05/03 – AUTORIZACIÓN PARA LA ESCRITURACIÓN A FAVOR DEL COMANDO GENERAL DE LA ARMADA-PREFECTURA NACIONAL NAVAL 

VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Armada para el otorgamiento de la escritura traslativa de dominio respecto del padrón 3954(p) fracción b de acuerdo al plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Leopoldo Weinberger, de setiembre de 2000-

RESULTANDO: I) que la citada fracción que consta de una superficie de cuatrocientos cincuenta y dos metros cuadrados con cincuenta y cinco decí- metros cuadrados (452m2, 55dm2) en el plano antes indicado. el cual ha sido aprobado por la Intendencia Municipal de Canelones el 31 de octubre de 2001 e inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Pando, con el número 10680 el 5 de julio de 2002, ha sido ocupada y cercada por la Prefectura Nacional de la Floresta, habiéndose ejercido actos de dominio por más de 50 años a vista y paciencia de los vecinos de la zona.-

II) que según titulo de compraventa y modo tradición, la señora Giuliana Nobili, casada en únicas nupcias con Joaquín Rial, adquirió de Balneario La Floresta Sociedad Anónima, la propiedad y posesión plena del solar de terreno baldío, conocido como "Cañadón de Prefectura". de la vigésima tercera Sección Judicial, Paraje Balneario La Floresta, zona urbana, padrón 3954, con una superficie de 2196,98 metros cuadrados, según escritura que el 13 de agosto de 1994 autorizó el Escribano Mario César Telechea De Armas, cuya primera copia se inscribió en el Registro Local de Traslaciones de Dominio de Pando con el número 3261. folio 4108 del libro 116.-

III) que por escritura que el 27 de setiembre de 1997, autorizó el citado Escribano, se ratificó y rectificó la escritura relacionada en el numeral anterior especialmente en cuanto a la denominación correcta de la parte enajenante como "Balnearios de La Floresta Sociedad Anónima, (en liquidación)". La primera copia de dicha escritura se inscribió en el Registro respectivo con el número 9389 año 1997.-

IV) que según Convenio Transaccional homologado ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de tercer turno de Pando, en autos caratulaldos "Parisi y otros contra/ Balneario La Floresta S.A. y otros, Daños y Perjuicios" Ficha 1135/97 las partes acuerdan escriturar a favor del Ministerio de Defensa Nacional (Prefectura Nacional Naval), la fracción de referencia.-

CONSIDERANDO: I) que es necesario se de cumplimiento a lo establecido en el citado Convenio homologado judicialmente.-

II) que se dio intervención previa al Tribunal de Cuentas de la República.-

III) que se deberá designar representante del Ministerio de Defensa Nacional-Comando General de la Armada, para la firma de la documentación respectiva.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1ro.- Autorízase la escrituración a favor del Comando General de la Armada-Prefectura Nacional Naval, del padrón 3954(p) fracción b de acuerdo al plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Leopoldo Weinberger, de setiembre de 2000 el cual ha sido aprobado por la Intendencia Municipal de Canelones el 31 de octubre de 2001 e inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Pando, con el número 10680, que consta de una superficie de cuatrocientos cincuenta y dos metros cuadrados con cincuenta y cinco decímetros cuadrados (452m2,55dm2), de acuerdo a lo establecido en el Convenio Transaccional homologado en sede judicial.-

2do.- Designase representante del Ministerio de Nacional- Comando General de la Armada, para la firma de la documentación respectiva, al señor Jefe de la Circunscripción del Río de la Plata.-

3ro.- Publíquese, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República y, luego de efectuada la enajenación, a la Escribanía de Gobierno y Hacienda y pase al Comando General de la Armada a sus efectos. Oportunamente, archívese.-