16/05/03    

15/05/03 – APROBACIÓN DEL CONVENIO PERTINENTE AL GIMNASIO DEL CLUB RIVER PLATE DE SAN JAVIER 

VISTO: el convenio celebrado el veintitrés días del mes de abril de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el club River Plate y Emprendimiento “Nosotros” Escuela de Voleibol de San Javier departamento de Río Negro.

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la reparación del techo y mantenimiento del gimnasio del club River Plate para uso de Emprendimiento “Nosotros” Escuela de Voleibol; con la suma de $ 81.000.- en efectivo.

II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye con la mano de obra.

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete.

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho convenio.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 23 de abril entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el club River Plate y Emprendimiento “Nosotros” Escuela de Voleibol de San Javier departamento de Río Negro, para realizar la reparación de techo y mantenimiento del gimnasio del Club River Plate para uso de Emprendimiento “Nosotros” Escuela de Voleibol.

2º.- Autorízase, la inversión de la suma de $ 81.000 (pesos uruguayos ochenta y un mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley Nº 16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Objeto del Gasto 565, Financiación 1.4, Ejercicio 2003, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el artículo 1º del Decreto Nº 24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación Nº 167, y con el Decreto 907000 de 3 de marzo de 2000.

3º.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte  y Obras             Públicas, la suma de $ 81.000 .- (pesos uruguayos ochenta y un mil), en una cuota, para ser cobrada en el Área de Tesorería dependiente de ésta Secretaria de Estado. Las personas autorizadas a cobrar son los señores Miguel Kotvinsky con C.I. Nº 2.916.779-2 y Mario González Cabrera con C.I Nº 570.993-6, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4º.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.