16/05/03
15/05/03 – APROBACIÓN
DEL CONVENIO PERTINENTE AL GIMNASIO DEL CLUB RIVER PLATE DE SAN
JAVIER
VISTO: el convenio
celebrado el veintitrés días del mes de abril de 2003, entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el club River Plate y
Emprendimiento “Nosotros” Escuela de Voleibol de San Javier
departamento de Río Negro.
RESULTANDO: I) que
el citado Ministerio contribuye para realizar la reparación del techo y
mantenimiento del gimnasio del club River Plate para uso de Emprendimiento
“Nosotros” Escuela de Voleibol; con la suma de $ 81.000.- en efectivo.
II) Que dicha Institución,
por su parte, contribuye con la mano de obra.
III) Que la División
Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y
el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que
les compete.
CONSIDERANDO:
conveniente aprobar dicho convenio.
ATENTO: A lo
precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Apruébase, en
todas sus partes, el Convenio celebrado el 23 de abril entre el Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, el club River Plate y Emprendimiento “Nosotros”
Escuela de Voleibol de San Javier departamento de Río Negro, para
realizar la reparación de techo y mantenimiento del gimnasio del Club
River Plate para uso de Emprendimiento “Nosotros” Escuela de Voleibol.
2º.- Autorízase,
la inversión de la suma de $ 81.000 (pesos uruguayos ochenta y un mil),
como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la
que se atenderá con cargo a la Ley Nº 16.736 del 5 de enero de 1996,
Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Objeto del Gasto 565, Financiación
1.4, Ejercicio 2003, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el
artículo 1º del Decreto Nº 24/999 de fecha 3 de febrero de 1999,
afectación Nº 167, y con el Decreto 907000 de 3 de marzo de 2000.
3º.- Autorízase el
pago, por el Ministerio de Transporte
y Obras
Públicas, la suma de $ 81.000 .- (pesos uruguayos ochenta y un
mil), en una cuota, para ser cobrada en el Área de Tesorería dependiente
de ésta Secretaria de Estado. Las personas autorizadas a cobrar son los
señores Miguel Kotvinsky con C.I. Nº 2.916.779-2 y Mario González
Cabrera con C.I Nº 570.993-6, la que se atenderá con cargo a los
recursos que por la presente Resolución se autorizan.
4º.- Comuníquese y
previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.
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