28/05/03    

28/05/03 – SE APRUEBA PROYECTO DE CONTRATO MODIFICATORIO DE PRÉSTAMO ENTRE U.T.E. Y EL B.I.D.

VISTO: el Contrato de Préstamo N° 903/0C-UR, suscrito entre la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) en carácter de Prestatario y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 18 de marzo de 1996 y el respectivo Contrato de Garantía suscrito en la misma fecha entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) .-

RESULTANDO: que las partes contratantes han acordado modificar las cláusulas 2.01 y 3.03 del referido Contrato de Préstamo N° 903/OC-UR, precisando las fechas de pago de las cuotas de amortización y la fecha de vencimiento del plazo para desembolsar los recursos del financiamiento.-

CONSIDERANDO: I) que se estima conveniente aprobar las modificaciones acordadas entre el Prestatario y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) .-

II) que es necesario designar representante del Gobierno de la República para suscribir el correspondiente Contrato Modificatorio.-

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 145° de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986 y por Decreto N° 586/993, de 27 de diciembre de 1993.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Apruébase el proyecto de Contrato Modificatorio del Contrato de Préstamo N° 903/OC-UR, cuyo texto forma parte de la presente Resolución, a suscribirse entre la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la República Oriental del Uruguay.-

2°) Desígnase al Sr. Ministro de Economía y Finanzas, Dr. Alejandro Atchugarry, para suscribir en nombre del Gobierno de la República Oriental del Uruguay el referido Contrato Modificatorio.-

3°) En lo referente al Ministro de Economía y Finanzas, la presente Resolución será refrendada por el Sr. Ministro de Relaciones Exteriores.-

4°) Dese cuenta a la Asamblea General.-

5°) Comuníquese, etc.