28/05/03
28/05/03 – SE APRUEBA PROYECTO DE CONTRATO
MODIFICATORIO DE PRÉSTAMO ENTRE U.T.E. Y EL B.I.D.
VISTO: el Contrato de
Préstamo N° 903/0C-UR, suscrito entre la Administración Nacional de
Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) en carácter de Prestatario y el
Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 18 de marzo de 1996 y el
respectivo Contrato de Garantía suscrito en la misma fecha entre la
República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo
(BID) .-
RESULTANDO: que las
partes contratantes han acordado modificar las cláusulas 2.01 y 3.03 del
referido Contrato de Préstamo N° 903/OC-UR, precisando las fechas de
pago de las cuotas de amortización y la fecha de vencimiento del plazo
para desembolsar los recursos del financiamiento.-
CONSIDERANDO: I) que
se estima conveniente aprobar las modificaciones acordadas entre el
Prestatario y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) .-
II) que es necesario
designar representante del Gobierno de la República para suscribir el
correspondiente Contrato Modificatorio.-
ATENTO: a lo
dispuesto por el artículo 145° de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre
de 1986 y por Decreto N° 586/993, de 27 de diciembre de 1993.-
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Apruébase el
proyecto de Contrato Modificatorio del Contrato de Préstamo N°
903/OC-UR, cuyo texto forma parte de la presente Resolución, a
suscribirse entre la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas (UTE), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la
República Oriental del Uruguay.-
2°) Desígnase al
Sr. Ministro de Economía y Finanzas, Dr. Alejandro Atchugarry, para
suscribir en nombre del Gobierno de la República Oriental del Uruguay el
referido Contrato Modificatorio.-
3°) En lo referente
al Ministro de Economía y Finanzas, la presente Resolución será
refrendada por el Sr. Ministro de Relaciones Exteriores.-
4°) Dese cuenta a la
Asamblea General.-
5°) Comuníquese,
etc.
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