30/05/03
29/05/03 – SE DESIGNAN MÉDICOS
NEUROCIRUJANOS RESIDENTES EN LOS HOSPITALES MACIEL Y PEREIRA ROSSELL
VISTO: estos
antecedentes relacionados con el llamado a aspirantes para proveer 2 (dos)
cargos de Médicos Residentes en la Especialidad de Neurocirugía en la
Unidad Ejecutora 068 -Administración de los Servicios de Salud del
Estado- para ser desempeñados en las Unidades Ejecutoras 005 -Hospital
Maciel- y 004 -Centro Hospitalario Pereira Rossell- respectivamente;
CONSIDERANDO: I) que el
Tribunal que entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo con el
resultado obtenido, los Técnicos Médicos capacitados para ocupar dichos
cargos;
II) que de acuerdo a
las normas reglamentarias vigentes al respecto, la Residencia Médica
deberá desempeñarse por un periodo de un año, pudiendo ser reelecto por
períodos iguales por la Comisión Técnica de Residencias Médicas
Hospitalarias, luego de la evaluación realizada sobre su desempeño por
la Comisión Hospitalaria;
III) que la Comisión
de referencia informa que los mencionados profesionales desempeñarán
dichos cargos a partir del 1°. de marzo de 2003;
IV) lo informado por la
Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de
Salud del Estado;
ATENTO: a lo
establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el
artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Desígnanse a
partir del 1° de marzo de 2003, en el Inciso 12 -Ministerio de Salud
Pública- para ocupar 2 (dos) Cargos de Médicos
Residentes en la Especialidad de Neurocirugía, a las personas que se
mencionan a continuación;
Hospital Maciel
1) Doctora ANDREA LILIAN DEVITA DUTRA
(Programa 005-Unidad Ejecutora 068-Esc.A-G.08-Correlativo 801917) (C.I.
3.346.183-1) (C.C. BCA 99076)
Centro Hospitalario Pereira Rossell
1) Doctor GASTÓN ALEJANDRO HAYEK RAMÍREZ
(Programa 005-Unidad Ejecutora 068-Esc,A-G.08-Correlativo 801918) (C.I.
2.601.886-9) (C.C. AUA 20220)
2°.- Dispónese que el
régimen horario a cumplir por dichos técnicos será de 30 horas
semanales de labor
3°.- Póngase en
conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil a través de la
página Web por intermedio de la División de Recursos Humanos de la
Administración de los Servicios de Salud del Estado y la Contaduría
General de la Nación
4°.- Comuníquese.
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