04/06/03    

03/06/03 – REVOCASE LA AUTORIZACIÓN DE AUMENTO DE POTENCIA  A LA ESTACIÓN RADIODIFUSORA 102.7 Mhz. DE DURAZNO 

VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), por la cual solicita la revocación a la autorización otorgada por la Resolución del Poder Ejecutivo 1454/000 de 12 de diciembre de 2000, al señor Elías Dacio Caltieri Araújo, permisionario de la estación radiodifusora que opera en la frecuencia 102.7 Mhz., de la ciudad de Durazno.-

RESULTANDO: I) que por la mencionada Resolución se autorizó al mencionado permisionario a operar con una potencia efectiva radiada (P.E.R.) de 5 Kw y una altura media de antena (H.M.A.) de 75 metros, o parámetros equivalentes.-

II) que por la Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 128/01 de 6 de setiembre de 2001, se intimó al permisionario a efectivizar el aumento de potencia autorizado en el plazo de 30 días corridos, bajo apercibimiento de promover su revocación.-

CONSIDERANDO: que habiendo vencido el plazo otorgado, la emisora no se encuentra operando de acuerdo a los parámetros autorizados, por lo que corresponde en la instancia revocar dicha autorización.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17296 de 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada de la misma.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 RESUELVE:

1ro.- Revócase la autorización de aumento de potencia, concedida por la Resolución del Poder Ejecutivo 1454/000 de 12 de diciembre de 2000, al señor Elías Dacio Caltieri Araújo, permisionario de la estación radiodifusora que opera en la frecuencia 102.7 Mhz., de la ciudad de Durazno, departamento de Durazno.-

2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.-