04/06/03
03/06/03 – REVOCASE LA
AUTORIZACIÓN DE AUMENTO DE POTENCIA A
LA ESTACIÓN RADIODIFUSORA 102.7 Mhz. DE DURAZNO
VISTO: la gestión
promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC),
por la cual solicita la revocación a la autorización otorgada por la
Resolución del Poder Ejecutivo 1454/000 de 12 de diciembre de 2000, al
señor Elías Dacio Caltieri Araújo, permisionario de la estación
radiodifusora que opera en la frecuencia 102.7 Mhz., de la ciudad de
Durazno.-
RESULTANDO: I) que
por la mencionada Resolución se autorizó al mencionado permisionario a
operar con una potencia efectiva radiada (P.E.R.) de 5 Kw y una altura
media de antena (H.M.A.) de 75 metros, o parámetros equivalentes.-
II) que por la Resolución
de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 128/01 de 6 de
setiembre de 2001, se intimó al permisionario a efectivizar el aumento de
potencia autorizado en el plazo de 30 días corridos, bajo apercibimiento
de promover su revocación.-
CONSIDERANDO: que
habiendo vencido el plazo otorgado, la emisora no se encuentra operando de
acuerdo a los parámetros autorizados, por lo que corresponde en la
instancia revocar dicha autorización.-
ATENTO: a lo
precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17296 de 21 de febrero
de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones y por la Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Revócase la
autorización de aumento de potencia, concedida por la Resolución del
Poder Ejecutivo 1454/000 de 12 de diciembre de 2000, al señor Elías
Dacio Caltieri Araújo, permisionario de la estación radiodifusora que
opera en la frecuencia 102.7 Mhz., de la ciudad de Durazno, departamento
de Durazno.-
2do.- Comuníquese,
publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.-
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