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       04/06/03    
      
       
      03/06/03
      – ACEPTASE LA OFERTA DE LA EMPRESA KELIR S.A. PARA LA ADQUISICIÓN DEL
      BIEN INMUEBLE SITO EN LA CALLE GALICIA S/N 
      VISTO:
      El llamado a
      Licitación Pública N° 4/2002 por el que se convocó a interesados en el
      arrendamiento o adquisición del inmueble sito en la calle Galicia sin
      número, entre las calles Andes, Cerro Largo y Florida, dispuesto por
      Resolución Ministerial N° 187/02 de fecha 2 de abril de 2002.
      
       
      RESULTANDO:
      1) Fueron tomados los
      recaudos correspondientes, cursadas las invitaciones y realizadas las
      publicaciones en diarios de circulación nacional, según el procedimiento
      previsto en la normativa vigente.
      
       
      2)
      Con fecha 30 de abril de 2002, se procedió a la apertura de ofertas,
      constatándose la presentación de una sola empresa, "KELIR SA",
      
      
       
      3)
      La comisión Asesora de Adjudicaciones estudió el expediente y concluyó
      informando que la oferta era inconveniente porque, si bien el precio total
      financiada se ajustaba al precio mínimo establecido en el Pliego de
      Condiciones, el plazo (17 años) resultaba excesivo para los intereses del
      Estado, por lo que correspondería declarar desierto el llamado.
      
       
      4)
      Por Resolución número 407/02, de fecha 27 de junio de 2002, se declaró
      desierto el llamado y se dispuso la realización del procedimiento
      establecido en el artículo 33, inciso 2do, numeral 3, literal b) del
      TOCAF.
      
       
      5)
      Como resultado de las negociaciones entabladas, la oferente cursó nueva
      propuesta. La misma establece el precio en la suma de U.R. 35.342 (treinta
      y cinco trescientos cuarenta y dos unidades reajustables) a integrar de la
      siguiente forma: a) Al otorgarse el compromiso de compraventa se hará una
      entrega inicial de U.R. 5.342 (cinco mil trescientos cuarenta y dos
      unidades reajustables ); b) doce cuotas iguales, mensuales, consecutivas
      de unidades reajustables );
      b) doce cuotas iguales, mensuales, consecutivas de U.R. 416 (cuatrocientos
      dieciséis unidades reajustables), con vencimiento la primera a los 30
      días de la suscripción del compromiso de compraventa; c) setenta y dos
      cuotas iguales, mensuales y consecutivas, de U.R. 297,50 ( doscientos
      noventa y siete con cincuenta unidades reajustables ), con vencimiento la
      primera a los treinta días de vencida la última de las cuotas
      mencionadas en el literal anterior; d) el saldo final, de U.R. 3588 (tres
      mil quinientos ochenta y ocho unidades reajustables) se abonará en una
      única partida dentro de los treinta días de vencida la última cuota
      referida en el literal precedente; simultáneamente, será otorgada la
      escritura de compraventa.
      
       
      6)
      Conforme surge de la propuesta, al suscribirse el compromiso de
      compraventa deberán estar iniciados los trámites de fraccionamiento ante
      la Dirección Nacional de Catastro, los que serán luego continuados por
      la persona que la empresa "KELIR SA" designe.
      
       
      7)
      Las cuotas serán actualizadas por el Ministerio de Deporte y Juventud en
      forma cuatrimestral, según el promedio de incremento de la Unidad
      Reajustable en el mes del vencimiento y el índice de Precios al Consumo
      del mes inmediato anterior al vencimiento de cada cuatrimestre.
      
       
      CONSIDERANDO:
      Realizado el estudio de
      la última propuesta, y atendidas las consideraciones de la Comisión
      Asesora de Adjudicaciones, se ha encontrado satisfactoria la oferta
      presentada por lo cual procede disponer se aceptación.
      
       
      ATENTO:
      A lo expuesto y a lo
      que preceptúan los artículos 33 y siguientes del T.O.C.A.F.  
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
      
       
      RESUELVE:
      
      
       
      1)
      ACÉPTASE la oferta cursada por la empresa "KELIR S.A"
      para la adquisición del bien inmueble sito en la calle Galicia sin
      número entre las calles Andes, Cerro Largo y Florida, en los términos ya
      explicitados.
      
       
      2)
      ENCOMIÉNDASE al
      Departamento de Arquitectura que dé cumplimiento a lo referido en el
      Resultando 6,.
      
       
      3)
      COMUNÍQUESE a la
      empresa.
        
       
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