11/06/03
11/06/03
– SE APRUEBA CONVENIO ENTRE M.T.O.P. A.N.E.P. Y LA COMISIÓN FOMENTO DE
LA ESCUELA RURAL N° 44 DE RINCÓN DE OLIVERA
VISTO:
el
convenio celebrado el 2 de junio de 2003, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Rural N° 44 "Petrona
Fontes de Bonilla", de Rincón de Olivera, Departamento de MaIdonado
RESULTANDO:
I) que
con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional
de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
31/12/2001
II)
que el
convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un aporte
de la Administración Nacional de Educación Pública de $310.000.- (pesos
uruguayos trescientos diez mil) pagadero en 2 (dos) cuotas de $155.000.-
(pesos uruguayos ciento cincuenta y cinco mil) cada una; tiene por
finalidad realizar la ampliación de cocina y construcción de duchas
CONSIDERANDO:
I) que
el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de
la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto
137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo
quinto del citado convenio marco
ATENTO:
a la
normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
Educación Pública
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.
Apruébase,
en todas sus partes, el Convenio celebrado el 2 de junio de 2003, entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de
Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Rural N° 44
"Petrona Fontes de Bonilla”, de
Rincón de Olivera, Departamento de Maldonado, con el objeto de realizar
la ampliación de cocina y construcción de duchas
2°.
Comuníquese,
y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo
Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la
Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de
gestionar la transferencia a la Cuenta N° 0230119666 del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal Maldonado), perteneciente a la
Comisión Fomento de la Escuela Rural N° 44, Rincón de Olivera.-
Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento
de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus
efectos.-
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