11/06/03
11/06/03
– SE APRUEBA CONVENIO ENTRE M.T.O.P. A.N.E.P. Y LA COMISIÓN FOMENTO DE
LA ESCUELA N° 88 DE FARO DE JOSÉ IGNACIO
VISTO:
el convenio celebrado el 2 de junio de 2003, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 88, de Faro de José
Ignacio, Departamento de Maldonado
RESULTANDO:
I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio
marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la
Administración Nacional de Educación Pública; aprobado por el Poder
Ejecutivo con fecha 31/12/2001
II)
que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con
un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $
840.000.- (pesos uruguayos ochocientos cuarenta mil) pagadero en 3 (tres)
cuotas de $ 280.000.- (pesos uruguayos doscientos ochenta mil) cada una,
tiene por finalidad la primera etapa de ampliación de dos aulas y
batería de servicios higiénicos
CONSIDERANDO:
I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el
artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo
4° del Decreto 137/001 de fecha
25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado
convenio marco
ATENTO:
a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración
Nacional de Educación Pública
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 2 de junio
de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de
la Escuela N° 88, de Faro de José Ignacio, Departamento de Maldonado,
con el objeto de realizar la primera etapa de ampliación de dos aulas y
batería de servicios higiénicos
2°.
Comunfquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del
Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación
Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a
efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta N° 5912 del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal Maldonado), perteneciente a la
Inspección Departamental de Educación Pública de Maldonado, para la
Comisión Fomento de la Escuela N° 88, de Faro de José Ignacio.-
Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento
de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus
efectos.-
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