11/06/03    

11/06/03 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE M.T.O.P. A.N.E.P. Y LA COMISIÓN FOMENTO DE LA ESCUELA N° 15 RURAL DE SARANDI DE AIGUÁ

VISTO: el convenio celebrado el 2 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 15 - Rural, de la localidad de Sarandí de Aiguá, Departamento de Maldonado

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001

II) que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $149.000.- (pesos uruguayos ciento cuarenta y nueve mil), pagadero en 1 (una) cuota, tiene por finalidad realizar reparaciones varias en baños, techo de cocina y comedor, desagüe de cocina y pintura de aberturas

CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado convenio marco

ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°. Apruebase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 2 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 15 - Rural, de la localidad de Sarandí de Aiguá, Departamento de Maldonado, con el objeto de realizar reparaciones varias en baños, techo de cocina y comedor, desagüe de cocina y pintura de aberturas

2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta N° 5912, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Maldonado), perteneciente a la Inspección Departamental de Educación Primaria de Maldonado, para la Comisión Fomento de la Escuela N° 15, de Sarandí de Aiguá.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-