11/06/03
11/06/03
– SE APRUEBA CONVENIO ENTRE M.T.O.P. A.N.E.P. Y LA COMISIÓN FOMENTO DE
LA ESCUELA N° 78 DE PAN DE AZUCAR
VISTO:
el
convenio celebrado el 2 de junio de 2003, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 78, de Pan de Azúcar;
Departamento de Maldonado
RESULTANDO:
I) que
con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional
de Educación Pública; aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
31/12/2001
II)
que el
convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un aporte
de la Administración Nacional de Educación Pública de $711.000.- (pesos
uruguayos setecientos once mil) pagadero en 3 (tres) cuotas de $237.000.-
(pesos uruguayos doscientos treinta y siete mil) cada una; tiene por
finalidad realizar la construcción de cocina y comedor
CONSIDERANDO:
I) que
el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de
la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto
137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo
quinto del citado convenio marco
ATENTO:
a la
normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
Educación Pública
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.
Apruébase,
en todas sus partes, el Convenio celebrado el 2 de junio de 2003, entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de
Educación Pública
y la Comisión Fomento de la Escuela N° 78, de Pan de Azúcar;
Departamento de Maldonado, con el objeto de realizar la construcción de
cocina y comedor
2°.
Comuníquese,
y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo
Central de la Administración Nacional de Educación Publica, pase a la
Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de
gestionar la transferencia a la Cuenta N° 0330006754 del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal Pan de Azúcar), perteneciente a
la Comisión Fomento de la Escuela N° 78, Pan de Azúcar.- Cumplido,
vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de
Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-
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