17/06/03
17/06/03
– SE AUTORIZA AUMENTO DE POTENCIA A FM RADIO UNO DE TALA
VISTO:
la gestión promovida
por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, por la cual da
cuenta de la solicitud de aumento de potencia formulada por el
permisionario de la emisora «RADIO UNO FM», que opera en la frecuencia
100.7 Mhz., correspondiente al canal 264, en la localidad de Tala,
departamento de Canelones.-
RESULTANDO:
I) que por la
Resolución del Poder Ejecutivo 82/2000 de 1ro. de febrero de 2000, se le
autorizó a la citada emisora a operar con una potencia PER de 0.5 Kw con
35 metros de altura media de antena y de acuerdo a los cálculos
realizados resulta que el mencionado canal podría operar con una potencia
PER de 1.5 Kw sin modificar altura.-
II)
que el interesado,
aportó los nuevos parámetros técnicos, por lo cual se han cumplido los
extremos requeridos por la División Técnica al respecto.-
CONSIDERANDO:
I) que la División
Técnica de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones ha
manifestado que no existen inconvenientes técnicos para autorizar a la
mencionada emisora, a operar en las condiciones establecidas.-
ATENTO:
a lo precedentemente
expuesto, a lo dispuesto por el artículo 94 de la Ley 17.296 de 21 de
febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones ya lo dictaminado por la Asesoría Letrada de la misma.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.-
Autorizase el aumento
de potencia de la emisora que opera en 100.7 Mhz., Canal 264 «FM RADIO
UNO", de la localidad de Tala, departamento de Canelones, de 0.5 Kw.,
a 1.5 Kw., manteniendo la altura media de antena en 35 metros.-
2do-
Establécese que si en
la práctica la estación de referencia produjera interferencias
perjudiciales a otras difuso ras o servicios y a instalados en la zona,
deberá reducir la potencia a los parámetros autorizados por la
Resolución del Poder Ejecutivo 82/2000 de 1 ro de febrero de 2000 y tomar
las medidas necesarias para su eliminación.-
3ro-
Comuníquese,
publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a
sus efectos Cumplido, archívese.
|