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       18/06/03    
      
       
      18/06/03 – SE OTORGA
      A FAVOR DE LA FIRMA MAUDEL S.R.L., EL CORRESPONDIENTE PERMISO PARA EJERCER
      ACTIVIDADES DE COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE LA PESCA AL POR MAYOR
      
       
      VISTO: estos
      antecedentes elevados por la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, a
      los fines que se expresarán; 
      
       
      RESULTANDO: I) que
      con fecha 10 de enero de 2003, la firma MAUDEL S.R.L., solicitó el
      correspondiente Permiso para ejercer actividades de Comercialización de
      productos de la pesca al por mayor; 
      
       
      II) que la Dirección
      Nacional de Recursos Acuáticos, con fecha, 12 de mayo de 2003, expresa
      que se han dado los extremos previstos reglamentariamente para acceder a
      lo solicitado, debiendo la empresa involucrada cumplir con todas las
      obligaciones de información, que con fines técnicos, estadísticos o de
      investigación le fueren requeridos por la Dirección Nacional de Recursos
      Acuáticos, en ejercicio de las atribuciones conferidas a la misma, por el
      Decreto-Ley N° 14.484, de 18 de diciembre de 1975; 
      
       
      CONSIDERANDO: conveniente,
      de acuerdo con los informes favorables vertidos en estos obrados, proveer
      en la forma aconsejada por la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos; 
      
       
      ATENTO: a lo
      preceptuado por el Art. 22 de la Ley N° 13.833, de 29 de diciembre de
      1969; Decreto-Ley N° 14;484; de 18 de diciembre de 1975; Decreto N°
      149/997, de 7 de mayo de 1997; Decreto N° 343/~96, de 28 de agosto de
      1996; Decreto N° 213/997, de 18 de junio de 1997; y a lo informado por la
      División Servicios Jurídicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y
      Pesca, 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1°) Otórgase a
      favor de la firma MAUDEL S.R.L., el correspondiente Permiso para ejercer
      actividades de comercialización de productos de la pesca al por mayor,
      quedando la empresa obligada al pago de las tasas por los conceptos
      previstos en la normativa vigente. 
      
       
      2°) La presente
      autorización queda condicionada a que los productos de la pesca a
      exportar se ajusten a lo que establece el Decreto N° 213/997, de
      18 de junio de 1997 y concordantes. 
      
       
      3°) La firma
      interesada deberá cumplir con todas las obligaciones de 
      información que, con fines técnicos, estadísticos o de
      investigación, le fueren requeridas por la Dirección Nacional de
      Recursos Acuáticos, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el
      Decreto-Ley N° 14.484, de 18 de diciembre de 1975. 
      
       
      4°) La presente
      autorización es sin perjuicio de las habilitaciones nacionales o
      municipales que procedan por derecho, para el ejercicio de la actividad en
      cuestión y sujeta a los contralores pertinentes. 
      
       
      5°) Comuníquese y,
      a sus efectos, vuelva a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos. 
        
       
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