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       18/06/03    
      
       
      18/06/03 – EXONERACIÓN IMPOSITIVA PARA
      IMPORTACIÓN PARA LA CORTE ELECTORAL
      
       
      VISTO: la gestión
      promovida por la Corte Electoral, en la que solicita exoneración de
      recargos y demás gravámenes que pudieran corresponder para la
      importación de insumos fotográficos.- 
      
       
      RESULTANDO: I) que
      los referidos bienes se destinarán a la cobertura del incremento de la
      demanda inscripcional, mediante su utilización en el sistema
      fotográficos Econo Cámara ID-104.- 
      
       
      II) que según
      dictamen del Ministerio de Industria, Energía y Minería, no existe
      producción nacional sustitutiva de los bienes de referencia.- 
      
       
      CONSIDERANDO: que el
      articulo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, declara que
      el Estado, los Organismos comprendidos en el articulo 220° de la
      Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan de
      inmunidad impositiva tanto nacional como departamental, por los bienes y
      actividades no comerciales ni industriales.- 
      
       
      ATENTO:
      a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría
      Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.- 
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      R
      E S U E L V E:
      
       
      1°)
      Declárase que los tres mil packs films (mil quinientos Twin Packs)
      marca Polaroid, tipo 667, blanco y negro de 3000 ASA, por un valor de U$S
      27.720,00 (veintisiete mil setecientos veinte dólares de los Estados
      Unidos de América) a importar por la Corte Electoral, dado su destino, se
      encuentran incluidos en el régimen de inmunidad impositiva referido en el
      artículo 463° de la Ley N" 16.226, de 29 de octubre de
      1991.- 
      2°)
      La presente importación se encuentra exonerada de los siguientes
      gravámenes: Tasa Global Arancelaria, Contribución al Financiamiento de
      la Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares,
      Comisión sobre Importaciones, Tasa de Servicios extraordinarios y Tasa de
      Servicios Automatizados.- 
      3º)
      Comuníquese y archívese.
        
       
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