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       18/06/03    
      
       
      16/06/03 – SE AUTORIZA EL LLAMADO A
      LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° 27/03/M
      
       
      VISTO: el contrato de
      Préstamo N° 1186/OC-UR, suscrito entre la República Oriental del
      Uruguay (ROU) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para sufragar
      parcialmente el costo del Programa de Integración de Asentamientos
      Irregulares (PIAI); 
      
       
      RESULTANDO: I) que
      según el mismo, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
      Medio Ambiente es co-ejecutor del citado Programa; 
      
       
      II) que como tal
      remitió al mismo, la Carta Consulta correspondiente al Asentamiento
      "Nuevo Colón, Nueva Esperanza", la cual se encuentra aprobada
      por parte del Programa de Integración de Asentamientos Irregulares de la
      Presidencia de la República; 
      
       
      III) que por
      Resolución N° 3801/02- de la Intendencia Municipal de Montevideo, se
      aprobó el plano Proyecto de Mensura y Fraccionamiento correspondiente al
      lote 4 del predio empadronado con el N° 96.304; que formaba parte del
      conjunto a regularizar, cuyo titular era la citada Comuna; 
      IV) que asimismo por
      Decreto de la Junta Departamental de Montevideo N° 30.141, se facultó al
      Intendente a ceder a título gratuito a esta Secretaría de Estado, el
      Lote 4 del predio antes referido, lo que se dispuso por Resolución N°
      1345/02, completando así esta Secretaría de Estado, la titularidad
      dominial de la totalidad del Asentamiento; 
      
       
      V) que el Programa de
      Integración de Asentamientos Irregulares, de la Presidencia de la
      República, con fecha 26 de febrero de 2003, envió los recaudos
      correspondientes al Proyecto Ejecutivo del Asentamiento "Nuevo Colón
      Nueva Esperanza"; a efectos de proceder a iniciar el proceso
      licitatorio respectivo; 
      
       
      CONSIDERANDO: que se
      está en condiciones y corresponde por tanto dar trámite al proceso
      licitatorio respectivo, para la ejecución de las obras que se dirán; 
      
       
      ATENTO: a lo expuesto
      precedentemente y a lo dispuesto en los artículos 33 y siguientes del
      TOCAF, normas complementarias y concordantes, y disposiciones específicas
      del préstamo antes referido; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE
      1°.- Autorízase, el
      llamado a Licitación Pública Internacional N° 27/03/M, con el objeto de
      la ejecución de Obras de Infraestructura Física (vialidad, red de
      saneamiento, desagües pluviales, red de energía eléctrica y de
      alumbrado público, etc.) e Infraestructura Barrial (Centro de Barrio,
      plaza deportiva, plazoleta con espacio de recreación), Núcleos Básicos
      Evolutivos para realojar a 20 familias y suministro de 6 canastas de
      materiales, que se describen en los recaudos que componen el Proyecto de
      Mejoramiento de Barrios No.27/03/M Asentamiento del Barrio Nuevo Colón,
      Nueva Esperanza, del departamento de Montevideo.- 
      
       
      2°.- La erogación
      resultante del presente llamado será de cargo de la Oficina de
      Planeamiento y Presupuesto a través del financiamiento proveniente del
      contrato de Préstamo N° 1186/OC-UR y del aporte local.- 
      
       
      3°.- Apruébanse los
      Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, y demás documentos del
      llamado, aplicables al procedimiento administrativo de contratación
      indicado en el numeral primero.- 
      
       
      4°.- Establézcase
      el valor de los Pliegos de Bases y Condiciones y demás documentos del
      llamado, en la suma de $15.000 (pesos quince mil) 
      
       
      5°.- Exclúyase
      la aplicación de lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 11/2001
      de fecha 16 de enero de 2001, que establece la exigencia de cumplir con el
      plan de implementación del sistema de calidad UNIT ISO 9000,
      certificación de calidad, a la Licitación Pública que se autoriza a
      convocar.- 
      6°.-
      Efectúense las publicaciones correspondientes en la prensa nacional y en
      el Diario Oficial, y todo otro mecanismo necesario de difusión al
      exterior, teniendo en cuenta las disposiciones vigentes requeridas por el
      Banco Interamericano de Desarrollo. 
      7°.-
      Comuníquese al Programa de Integración de Asentamientos Irregulares de
      la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Presidencia de la
      República y siga al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
      Medio Ambiente a sus efectos.
        
       
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