25/06/03    

24/06/03 – SE AUTORIZA TRANSFERENCIA DE AUTORIZACIÓN PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELEFONÍA DE LARGA DISTANCIA

VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) por la cual la empresa CALCULO S.A., solicita se les autorice la transferencia de la prestación de servicios de telefonía de larga distancia internacional autorizada por la Resolución del Poder Ejecutivo 1732/001 de 27 de noviembre de 2001, a favor de la empresa INTERCANAL S.A..-

RESULTANDO: I) que el artículo 11 de dicho acto administrativo, condicionaba la autorización a la aceptación expresa de la totalidad de las disposiciones de la Resolución, así como al pago de los tributos y precios que correspondan extremos, que fueron cumplidos en tiempo y forma por la autorizada.-

II) que por la Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) 300/01 de 27 de diciembre de 2001, se autorizó a CALCULO SA., el sistema destinado a la prestación del servicio de telefonía de Larga Distancia Internacional.-

III) que ha sido acreditada la constitución regular y efectiva de INTERCANAL S.A..-

CONSIDERANDO: que no existen inconvenientes para autorizar la transferencia solicitada.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por las Asesorías Letradas de la misma y del Ministerio de Defensa Nacional.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1ro.- Autorizase a la empresa CALCULO S.A., la transferencia de la autorización para la prestación de servicios de telefonía de larga distancia internacional otorgada por la Resolución del Poder Ejecutivo 1732/001 de 27 de noviembre de 2001, a favor de la empresa INTERCANAL S.A..-

2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.