25/06/03
24/06/03 – SE AUTORIZA TRANSFERENCIA DE
AUTORIZACIÓN PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELEFONÍA DE LARGA
DISTANCIA
VISTO: la gestión
promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC)
por la cual la empresa CALCULO S.A., solicita se les autorice la
transferencia de la prestación de servicios de telefonía de larga
distancia internacional autorizada por la Resolución del Poder Ejecutivo
1732/001 de 27 de noviembre de 2001, a favor de la empresa INTERCANAL
S.A..-
RESULTANDO: I) que el
artículo 11 de dicho acto administrativo, condicionaba la autorización a
la aceptación expresa de la totalidad de las disposiciones de la
Resolución, así como al pago de los tributos y precios que correspondan
extremos, que fueron cumplidos en tiempo y forma por la autorizada.-
II) que por la
Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC)
300/01 de 27 de diciembre de 2001, se autorizó a CALCULO SA., el sistema
destinado a la prestación del servicio de telefonía de Larga Distancia
Internacional.-
III) que ha sido
acreditada la constitución regular y efectiva de INTERCANAL S.A..-
CONSIDERANDO: que no
existen inconvenientes para autorizar la transferencia solicitada.-
ATENTO: a lo
precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de 21 de
febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por las Asesorías Letradas de
la misma y del Ministerio de Defensa Nacional.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Autorizase a la
empresa CALCULO S.A., la transferencia de la autorización para la
prestación de servicios de telefonía de larga distancia internacional
otorgada por la Resolución del Poder Ejecutivo 1732/001 de 27 de
noviembre de 2001, a favor de la empresa INTERCANAL S.A..-
2do.- Comuníquese,
publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.
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