25/06/03
24/06/03 – SE DESESTIMA RECURSO DE
REVOCACIÓN DE CANELONES CABLE VISIÓN COLOR S.A.
VISTO: el recurso de
revocación interpuesto por la firma CANELONES CABLE VISIÓN COLOR S.A.,
contra la Resolución del Poder Ejecutivo 331/001 de 16 de marzo de 2001.-
RESULTANDO: I) que por
la citada Resolución, se autorizó a los operadores de Cable de
televisión para abonados del interior del país, que en ella se
determinan a cumplir las áreas de servicios, por el sistema de
distribución de señales Multipunto Multiseñal (MMDS).-
II) que por la citada
Resolución se autorizó al señor Pablo Javier Lorenzo Fernández !a
instalación de una planta emisora en !a modalidad MMDS, en el
Departamento de Canelones, en la localidad de Tala siendo que era el
único caso que de acuerdo al plan de distribución de frecuencias, no
interfería con las plantas emisoras ya autorizadas hasta ese momento.-
III) que la recurrente
oportunamente solicitó la ampliación del sistema MMDS para transmitir
desde las localidades de Pando, Canelones y Santa Lucía, autorización
que aún se encuentra pendiente de Resolución.-
CONSIDERANDO: I) que el
recurso fue interpuesto en tiempo y forma, acorde con la normativa vigente
en la materia.-
II) que la recurrente
se agravia manifestando de que, con el dictado de dicha Resolución, la
Administración ha violado los principios de igualdad de los oferentes y
ha optado por otorgar frecuencias en detrimento de los derechos de otros.-
III) que de las
actuaciones surge que la Administración actuó conforme a derecho, ya que
por la Resolución del Poder Ejecutivo 331/001 de 16 de febrero de 2001,
sólo se autorizó la instalación de una planta emisora en la modalidad
MMDS en el Departamento de Canelones en la localidad de Tala, por ser esta
la única que no interfiere con las plantas ya autorizadas. En efecto
debido a que la real razón por la cual se verificó tal circunstancia fue
por la indisponibilidad de frecuencias, corresponde desestimar el recurso
de revocación interpuesto.-
ATENTO: a lo
precedentemente expuesto, a lo informado por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC) y por las Asesorías Letradas de dicha
Unidad y del Ministerio de Defensa Nacional.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Desestímase el
recurso de revocación interpuesto por la firma CANELONES CABLE VISIÓN
COLOR S.A., contra la Resolución del Poder Ejecutivo 331/001 de 16 de
marzo de 2001 , confirmándose el acto impugnado.-
2do.- Comuníquese,
publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.
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