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       25/06/03    
      
       
      24/06/03 – SE RATIFICA AUTORIZACIÓN PARA
      UTILIZACIÓN DE GRÚA DE BANDERA ARGENTINA
      
       
      VISTO: la solicitud del
      señor Comandante en Jefe de la Armada, en el sentido que se ratifique la
      autorización otorgada por la Prefectura Nacional Naval a la Grúa de
      Bandera Argentina "Magnus VI", en el marco de la excepción del
      articulo 309 de la Ley 14.106 de 14 de marzo de 1973, ampliatorio del
      artículo 1 ro. de la Ley 12.091 (Ley de Cabotaje) de 5 de enero de 1954,
      para su contratación a fin de realizar las operaciones de extracción del
      remolcador "Michel Petersen", hundido el 7 de abril de 2003 en
      el veril del canal de navegación del Puerto de Montevideo.- 
      
       
      RESULTANDO: I) que el
      buque de referencia representa un gran peligro para la navegación, al
      estar hundido en el veril del canal de navegación del Puerto de
      Montevideo.-
      
       
      II) que el artículo 10
      del Decreto-Ley 14.343 de 21 de marzo de 1975, otorga competencia al
      Prefecto Nacional Naval para que por su solo dictamen y sin necesidad de
      intimación alguna, disponga la extracción de las embarcaciones hundidas
      que aparejen graves riesgos para la seguridad.- 
      
       
      III) que el Poder
      Ejecutivo, a tal efecto, podrá cometer al organismo del Estado o
      contratar con la persona que considere conveniente, las operaciones
      necesarias para la extracción de las embarcaciones que se encuentren en
      las condiciones antes citadas, de acuerdo con lo que dispone el referido
      articulo 10 del Decreto-Ley 14.343.- 
      
       
      CONSIDERANDO: I) que de
      acuerdo con lo informado por la Prefectura Nacional Naval, no existen
      buques en la Bandera Nacional aptos para realizar la tarea de extracción
      del remolcador hundido "Michel Petersen", por lo que ante la
      urgencia de la situación se ha autorizado, por parte de la Prefectura
      Nacional Naval, la intervención de la Grúa de Bandera Argentina
      "Magnus VI”.-
      
       
      II) que de acuerdo a lo
      que dispone el articulo 309 de la Ley 14.106 de 14 de marzo de 1973,
      ampliatorio del articulo 1ro. de la Ley 12.091 (Ley de Cabotaje} de 5 de
      enero de 1954, en caso de inexistencia de embarcaciones de Bandera
      Nacional que posean características y equipamientos aptos para realizar
      la operación requerida, el Poder Ejecutivo podrá autorizar, con
      carácter de excepción, la utilización de embarcaciones de Bandera
      extranjera.-
      
       
      III) que corresponde
      que el Poder Ejecutivo ratifique la autorización otorgada, por razones de
      urgencia, por la Prefectura Nacional Naval, disponiendo la contratación
      de la Grúa "Magnus VI" de Bandera Argentina para realizar las
      operaciones de extracción del remolcador "Michel Petersen".- 
      
       
      ATENTO: a lo
      precedentemente expuesto y a lo informado por la Prefectura Nacional
      Naval, Comando General de la Armada y por la Asesoría Letrada del
      Ministerio de Defensa Nacional- 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1ro.- Ratificase la
      autorización otorgada, por razones de urgencia, por parte de la
      Prefectura Nacional Naval, para la utilización de la Grúa "Magnus
      VI" de Bandera Argentina, disponiéndose su contratación para
      realizar las operaciones de extracción del remolcador "Michel
      Petersen", hundido en el veril del canal de navegación del Puerto de
      Montevideo, en el marco de la excepción prevista por el artículo 309 de
      la Ley 14.106 de 14 de marzo de 1973, ampliatorio del artículo 1ro. de la
      Ley 12.091 (Ley de Cabotaje) de 5 de enero de 1954.- 
      
       
      2do.- Comuníquese al
      Comando General de la Armada, publíquese y archívese.- 
       
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